Exceso de cabida de poca entidad. Dudas de identidad

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Se pretende la inscripción de un exceso de cabida y actualización de un lindero no fijo teniendo en cuenta: que el exceso es inferior a la vigésima parte, que la finca procede de segregación, y que coincide con certificación catastral.

El registrador alega dudas sobre la identidad de la finca al ser procedente de una segregación.

La Dirección rechaza el defecto. Señala que es cierto que al tratarse de una finca procedente de segregación el registrador debe pronunciarse con suma cautela como así se deduce del l art. 298 párrafo 3.º RH, al declarar: En todos los casos será indispensable que no tenga el registrador dudas fundadas sobre la identidad de la finca, tales como aparecer inscrito con anterioridad otro exceso de cabida sobre la misma finca o tratarse de finca formada por segregación, división o agrupación en la que se haya expresado con exactitud su superficie, pues debería siempre evaluarse si al aumentar la medición de una porción segregada sin disminuir al tiempo la de la finca resto, implicaría un supuesto de doble inmatriculación en cuanto al exceso pretendido.

Pero también es cierto que el propio Centro ha reiterado que las dudas sobre la identidad de la finca deben estar justificadas, es decir, fundamentadas en criterios objetivos y razonados y en este caso la lacónica nota de calificación no contiene...

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