Excedencia voluntaria, despido improcedente y reconocimiento de prestaciones: a propósito de la STS 14 marzo 2019

AutorMaría Rosa Vallecillo Gámez
Páginas143-163
Revista de Derecho de la Seguridad Social. Laborum 20 (3er Trimestre 2019)
Estudios de Doctrina Judicial ISSN: 2386-7191 ISSNe: 2387-0370
Fecha Recepción: 22-5-2019 Fecha Revisión: 24-5- 2019 Fecha Aceptación: 27-7-2019
Pags. 143-163
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Excedencia voluntaria, despido improcedente y reconocimiento de
prestaciones: a propósito de la STS 14 marzo 2019
Voluntary leave, unfair dismissal and recognition of benefits
(regarding the High Court Ruling of 14 March 2019)
Resumen
Abstract
La sentencia que aquí nos ocupa, establece el
reconocimiento de prestación por desempleo ante una
situación en la que el trabajador, excedente voluntario,
solicita el reingreso y se le es denegado alegando falta
de vacante. Las consecuencias de esta negativa pasan
por la consideración del d espido improcedente por
conciliación y las obligaciones y derechos que tal
situación comporta tanto para el trabajador como para
el empresario en materia de alta en Seguridad Social.
Los diferentes elementos que la Sala tiene en cuenta,
se analizan a través de un recorrido doctrinal y
jurisprudencial.
The ruling in question lays down the recognition of
unemployment benefits in a situation in which the
worker on voluntary leave asks to re-join the
company and is refused due to an alleged lack of a
vacancy. The consequences of this refusal include
the consideration of unfair dismissal due to
conciliation and the obligations and rights which
said situation entails for both the worker and the
employer in terms of Social Security registration.
The various elements that the court takes into
account a re analysed on a doctrinal and
jurisprudential journey.
Palabras clave
Keywords
excedencia voluntaria; negativa de reingreso; despido
improcedente; prestación por desempleo
voluntary leave; refused request to re-join; unfair
dismissal; unemployment benefit
1. INTRODUCCIÓN
La excedencia voluntaria es una institución j urídica trasplantada del Derecho
Administrativo, regulándose los primeros supuestos de esta naturaleza en la Ley de
Relaciones Laborales de 1976. La vigente regulación jurídica de la excedencia voluntaria,
contenida en el artículo 46 del ET, permanece prácticamente inalterada desde que su primera
versión vio la luz con ocasión de la aprobación de la Ley 8/1980, del Estatuto de los
Trabajadores, y a salvo de la modificación operada en su duración por la Ley Orgánica
3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres1. Pese a su antigua
regulación, son muchos y diversos los interrogantes que plantea dicha regulación legal,
críptica en exceso, y, por ende, propicia a suscitar una acusada litigiosidad.
Su regulación establece que todo trabajador, con al menos un año de antigüedad en la
empresa, tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de solicitar el paso a esta
situación durante un periodo de entre cuatro meses y cinco años, pudiendo ejercitarse el
1 SALA FRANCO, T.: La excedencia voluntaria, en AA.VV.: Libro homenaje a Abdón Pedrajas Moreno, Tirant
lo Blanch, 2012, pp. 495-504
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derecho d e nuevo una vez que hayan transcurrido cuatro años desde el final de la anterior
excedencia.
En el caso del trabajador por cuenta ajena que solicita una excedencia, sea cual sea el
grado de la misma, la principal consecuencia radica en la exoneración total y absoluta de
obligaciones, entendiendo éstas como la no existencia de prestación de servicios por parte
del trabajador y la no obligación de remuneración al excedente por parte del empresario 2.
Nuestro aparato legislativo laboral no ha conseguido dar con la tecla adecuada que
ajuste y estructure el modelo jurídico de la excedencia en general, y de la excedencia
voluntaria en particular3. No se ha conseguido situar a la institución en un encuadra miento
jurídico definitivo. Los considerables esfuerzos que se han hecho, tanto por parte de la
doctrina científica, la doctrina judicial y la jurisprudencia, han sido loables y, en ocasiones,
bastante eficientes a la hora de dotar de un verdadero posicionamiento co ntextual a esta
figura jurídica, aunque, no obstante, ello no es óbice para poder afirmar que la confusi ón que
rodea al precepto es considerablemente amplia, de ahí que corresponda a la jurisprudencia
sentar bases de determinados preceptos como, en el caso que nos ocupa en este trabajo, el
reconocimiento de prestación por desempleo tras la negativa de la empresa a la readmisión
tras la excedencia voluntaria, alegando falta de vacante, y el acuerdo subsiguiente de
situación de despido improcedente con indemnización pactada.
A grandes rasgos y de manera introductoria, conviene ijar las variantes que existen
para definir la naturaleza jurídica de la institución:
a) la adscripción de la excedencia voluntaria común a la figura más genérica de
la suspensión del contrato,
b) la equiparación a la interrupción de la prestación de servicios,
c) su identificación con la extinción del contrato y,
d) una última posibilidad que consistiría en oto rgar a la excedencia voluntaria
una posición autónoma en atención a los caracteres singulares que la
componen, justificando el rechazo de su eventual equiparación con
cualquiera de las instituciones laborales enumeradas en las opcio nes
precedentes4.
En otro orden de cosas, la exigibilidad por el trabajador de este derecho frente a la
empresa y las propias opciones de reacción jurídica de esta frente a la pretensión del
trabajador de reincorporarse dependen, entre otros p osibles factores, de qué deba entenderse
por puesto de trabajo vacante en la empresa. Pese a lo escueto de la dicción legal en torno al
ejercicio de este derecho, parece evidente que dicho ejercicio presupone, por una parte, la
facultad del trabajador, al término de la excedencia, de comunicar a la empresa su voluntad
2 ARGUELLES BLANCO, A.R.: La excedencia Laboral Voluntaria, Aranzadi, 1997, p. 33.
3 TORTUERO PLAZA, J.L.: Las Excedencias: en torno al artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores,
Documentación Laboral, 2000
4 GARCÍA QUIÑONES, J.C.: Excedencia voluntaria común y derecho a indemnización derivada de expediente de
regulación de empleo, Relaciones Laborales. Núm. 1, 2001, p. 1100.

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