STSJ Andalucía , 20 de Septiembre de 2001

PonenteJULIO PEREZ PEREZ
ECLIES:TSJAND:2001:12513
Número de Recurso2347/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2001
EmisorSala de lo Social

M.N. SENT. NÚM. 2610/01 ILMO. SR. D. LUIS HERNÁNDEZ RUIZ PRESIDENTE ILMO. SR. D. JULIO ENRIQUEZ BRONCANO ILMO. SR. D. JULIO PÉREZ PÉREZ MAGISTRADOS En la ciudad de Granada a Veinte de Septiembre de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 2347/00, interpuesto por Cristina contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. DOS DE LOS DE ALMERÍA en fecha siete de Enero de dos mil. en Autos núm.

350/99, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JULIO PÉREZ PÉREZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Dª Cristina en reclamación sobre D. DERECHOS contra S.A.S. y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha siete de Enero de dos mil., por la que desestimando la demanda interpuesta por el actor absolvía al Organismo demandado de la acción que en su contra se ejercitaba.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

La actora Dª Cristina , mayor de edad con D.N.I. nº NUM000 , es personal estatutario del Servicio Andaluz de Salud (en adelante S.A.S.) con nombramiento en propiedad, en la categoría de Auxiliar de Enfermería, desde el 1º4-01-91, en el Hospital la Inmaculada de la localidad Almeriense de Huercal Overa.

SEGUNDO

1) Previa solicitud de la actora de fecha 3-5-99, para traslado a la ciudad de Almería acogiéndose al turno de derecho preferente de consorte, contemplado en el art. 114.3 del Estatuto de Personal no Facultativo de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, por resolución de 17-9-91, dictada por el Gerente Provincial de Almería del S.A.S. se declaró a la actora en situación de expectativa de destino, causando baja el día 30-9-91, fecha a partir de la cual quedó en suspenso la relación estatutaria.

2) Desde el 1-10-91 hasta el 3-01-94, y en virtud de diversos contratos de sustitución la actora prestó servicios con la categoría de Auxiliar de Enfermería en el Hospital Torrecárdenas de Almería, dependiente del S.A.S. 3) Por resolución de fecha 10-12-93 dictada por el gerente Provincial del S.A.S. en Almería, se concedió a la actora, previa solicitud de ésta el reingreso provisional en plaza vacante de Auxiliar de Enfermería del Hospital Torrecárdenas de Almería, hasta tanto se convocase el primer concurso de traslado en el que habría de participar obligatoriamente la actora, solicitando todas las plazas básicas vacantes ofertadas de la misma categoría de la correspondiente Area de Salud, a fin de obtener el reingreso definitivo. El día 4-01-94 la actor tomó posesión de la plaza concedida.

TERCERO

1) Con fecha 27-01-98 que publicada en el BOJA nº 10 la Resolución del S.A.S. de 19-01-98, por la que se convocaba concurso de traslados para la provisión de plazas básicas vacantes de Auxiliares de Enfermería de Centros Asistenciales dependientes del S.A.S. Mediante solicitud de fecha 4-4-98 la actora tomó parte en dicho concurso, sin solicitar todas las plazas básicas vacantes convocadas para su cobertura dentro del Area de Salud de Almería a efectos de obtención de destino definitivo. Por resolución de fecha 3-11-98 se resolvió el concurso de traslado , no obteniendo la actora plaza alguna.

2) Por Resolución de fecha 28-1-99, dictada por el Director Gerente del Hospital Torrecárdenas se acordó cesar4 a la actora y concederle la excedencia voluntaria en la plaza de Auxiliar de Enfermería en el Hospital Torrecardenas; Area Sur de Almería, con efectividad del 01/02/99, amparando dicho acuerdo en la D.A. 6ª del Real Decreto Ley 1/1999, de 08 de Enero y en el art. 42 del Estatuto del Personal Sanitario No Facultativo, con ocasión de no haber obtenido la actora plaza en el concurso de traslados.

CUARTO

Interpuesta reclamación previa, ha sido desestimada por Resolución de 7-6-99 dictada por la Dirección General de Personal y Servicios del S.A.S. Tercero.- Notificada la sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la...

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