SAP Barcelona 25/2008, 21 de Enero de 2008

PonenteANTONIO RAMON RECIO CORDOVA
ECLIES:APB:2008:20
Número de Recurso713/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución25/2008
Fecha de Resolución21 de Enero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN PRIMERA

SENTENCIA Nº

Recurso de apelación nº 713/06

Procedente del procedimiento nº 1029/05 Juicio ordinario

Tramitado por el Juzgado de 1ª Instancia nº 52 de Barcelona

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona, formada por los Magistrados DÑA. Mª DOLORS PORTELLA LLUCH, DÑA. LAURA PÉREZ DE LAZÁRRAGA VILLANUEVA y DON ANTONIO RECIO CORDOVA actuando la primera de

ellos como Presidente del Tribunal, ha visto el recurso de apelación nº 713/06 interpuesto contra la sentencia dictada el día 22

de junio de 2006 en el procedimiento nº 1029/05 tramitado por el Juzgado de Primera Instancia nº 52 de Barcelona, en el que es

recurrente POLICLÍNICA LONDRES, S.L., y apelado D. Jesús, previa deliberación, pronuncia en nombre

de S.M. el Rey de España la siguiente

S E N T E N C I A

Barcelona, 21 de enero de 2008

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia antes señalada, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su parte dispositiva lo siguiente: FALLO: Estimo en lo principal la demanda deaducida por Jesús contra POLICLÍNICA LONDRES S.L. y, en consecuencia,

  1. DECLARO que la presencia de la imagen y el nombre de D. Jesús en la página web de POLICLÍNICA LONDRES S.L., después del 29 de abril de 2004 constituye una intromisión ilegítima en el derecho a la propia imagen del demandante.

  2. CONDENO a POLICLÍNICA LONDRES S.L. a eliminar el nombre, la fotografía y la imagen de D. Jesús de cuantos documentos puedan haber incluida la página web de la demandada, bajo apercibimiento de proceder a su eliminación a su costas y de imponer las multas coercitivas a que hubiere lugar.

  3. CONDENO a POLICLÍNICA LONDRES S.L. a indemnizar por daño moral al demandante en la cantidad SEIS MIL EUROS (6000 ¿). Dicha cantidad devengará intereses a partir de la fecha de esta resolución.

  4. CONDENO a POLICLÍNICA LONDRES S.L. al pago de las costas causadas.

SEGUNDO

Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en los que las fundamentan, que se encuentran unidos a los autos.

Fundamenta la decisión del Tribunal el Magistrado Ponente DON ANTONIO RECIO CORDOVA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia resuelve las pretensiones deducidas en su escrito inicial por D. Jesús frente a POLICLÍNICA LONDRES, SL y lo hace estimando en lo principal la demanda en la medida en que declara la intromisión ilegitima en la propia imagen del actor llevada a cabo por la entidad demandada, si bien no accede a la pretensión indemnizatoria en concepto de daños morales anudada a tal pretensión en la demanda por importe de 60.000 euros, sino que reduce la misma a la cantidad de 6.000 euros, pese a lo cual impone las costas a la demandada con la siguiente argumentación: "Dado que la...

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