DECRETO 200/2001, de 27 de septiembre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Organismo Autónomo Instituto Madrileño de Administración Pública (IMAP).

SecciónA - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

La Ley 15/1996, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas crea, en su artículo 3, el Instituto Madrileño de Administración Pública, como organismo autónomo de carácter administrativo, adscrito a la Consejería de Hacienda.

Actualmente el IMAP está adscrito a la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas, en virtud del Decreto 155/2001, de 20 de septiembre, por el que se modifica la denominación y la estructura de las Consejerías.

Considerando que la actual estructura orgánica fue aprobada en virtud del Decreto 54/1998, de 16 de abril, que establecía una única unidad administrativa con nivel orgánico de servicio, sin que hasta la fecha haya experimentado ninguna modificación, y habiéndose producido en este período de tiempo un considerable desarrollo de las funciones que la mencionada Ley 15/1996 encomienda al Instituto Madrileño de Administración Pública, se hace necesaria la aprobación de una estructura orgánica básica que contemple la creación de nuevas unidades orgánicas, posibilitando así el eficaz desempeño de las competencias asignadas.

En virtud de cuanto antecede, de conformidad con los artículos 21 y 40 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, una vez emitidos los informes preceptivos, a propuesta de la Consejera de Justicia y Administraciones Públicas, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 27 de septiembre de 2001

DISPONGO

Artículo 1

De la estructura del Instituto Madrileño de Administración Pública

Bajo la dependencia directa del Gerente del Organismo, el Instituto Madrileño de Administración Pública se estructura en las siguientes unidades administrativas con nivel orgánico de servicio:

¾ Secretaría General.

¾ Servicio de Formación General.

¾ Servicio de Formación Especializada.

¾ Servicio de Gestión Económico-Administrativa y Régimen Interior.

¾ Servicio de Publicaciones, Documentación y Comunicación.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en el presente Decreto y en especial, el Decreto 54/1998, de 16 de abril, por el que se aprobó la estructura orgánica del Instituto Madrileño de Administración Pública.

DISPOSICIONES FINALES

Primera

Habilitación de desarrollo

Se autoriza a la Consejera de Justicia y Administraciones...

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