DECRETO 81/2013, de 26 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 37/2011, de 7 de julio, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades.
Fecha de Entrada en Vigor | 1 de Enero de 2014 |
Sección | II - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejeria de Hacienda |
Rango de Ley | Decreto |
Por Decreto 37/2011, de 7 de julio, se estableció la estructura orgánica de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades.
Estando prevista la extinción, como organismo autónomo, del Instituto de la Juventud de Castilla y León el día 1 de enero de 2014, y que la asunción de los fines, objetivos, funciones y compromisos de dicho organismo autónomo; la dirección del personal a él adscrito y la gestión de sus bienes y derechos corresponderá a la Consejería competente en materia de juventud, procede agregar a la estructura orgánica de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades el centro directivo central al que se le atribuyan las competencias descritas en materia de juventud con la modificación del Decreto 37/2011, de 7 de julio, citado.
Conforme a lo establecido en el artículo 16 k) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, corresponde a la Junta de Castilla y León la aprobación de la estructura orgánica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
En su virtud, la Junta de Castilla y León a iniciativa de la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades y a propuesta de la Consejera de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 26 de diciembre de 2013
DISPONE:
Se modifica el Decreto 37/2011, de 7 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, en los siguientes términos:
Uno. El artículo 2 queda redactado del siguiente modo:
Artículo 2. Órganos directivos.
1. La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades se estructura en los siguientes órganos directivos centrales:
- Secretaría General.
- Comisionado Regional para la Droga.
- Dirección General de la Mujer.
- Instituto de la Juventud de Castilla y León.
2. Está adscrita a esta Consejería, la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, como organismo autónomo que desarrolla las competencias que su ley de creación le encomienda
.
Dos. El artículo 3 queda redactado del siguiente modo:
Artículo 3. Consejo de Dirección.
Como órgano de deliberación y coordinación de las actividades de la Consejería existe un Consejo de Dirección presidido por el titular de la misma y del que forman parte el Secretario General, el Comisionado Regional para la Droga, el titular de la Dirección General de la Mujer y el Director General del Instituto de la Juventud de Castilla y...
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