DECRETO 251/1991 de 22 de agosto, sobre estructura orgánica de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorConsejeria de Cultura y Turismo
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 27-08-1991 Nº Boletín: 163 / 1991

DECRETO 251/1991 de 22 de agosto, sobre estructura orgánica de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León.

Mediante Decreto 190/1991 de 10 de julio de Reestructuración de Consejerías se procedió a la creación de la Consejería de Cultura y Turismo.

Con posterioridad, el Decreto 217/1991 de 24 de julio, de reorganización de los Organos Superiores de la Administración de Castilla y León, dispuso la creación de la Secretaría General de Cultura y Turismo, pasando a depender de la Consejería de Cultura y Turismo la Dirección General de Turismo, anteriormente encuadrada en la Consejería de Fomento.

Como consecuencia de la reorganización administrativa que se deriva de las normas citadas y al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 190 1991 de 10 de julio, procede establecer la estructura orgánica de la Consejería de Cultura y Turismo que le permita ejercer las competencias que tiene atribuidas.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Cultura y Turismo, previa deliberación de la Junta de Castilla y Leon, en su reunión de 22 de agosto de 1991.

........................ DISPONGO:

  1. Compete a la Consejería de Cultura y Turismo, bajo la superior dirección del Consejero, promover, proyectar, dirigir y ejecutar en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, la politica cultural, turistica y educativa en el marco de las competencias transferidas a la Comunidad o que en su día se transfieran relativas a dichas materias, conforme a la Constitución y al Estatuto de Autonomia.

  2. 1.- Para el desarrollo de las competencias atribuidas en el artículo anterior, la Consejería de Cultura y Turismo se estructura en los órganos superiores siguientes:

    - Secretaría General.

    - Dirección General de Deportes y Juventud.

    - Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural.

    - Dirección General de Turismo.

  3. - Presidido por el titular de la Consejería, se crea el Consejo de Dirección, con carácter de órgano deliberante y de coordinación, del que serán miembros el Secretario General y los Directores Generales.

  4. - Secretaría General. 1.- Corresponden al Secretario General las atribuciones que se señalan en los artículos 30 y 33 de la Ley del Gobierno y de la Administración de Castilla y León, texto refundido de 21 de julio de 1988, asi como desempeñar por Delegación del Consejero, sin perjuicio de lo...

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