Decreto 20/2004, de 22 de enero, por el que se regula la estructura y funcionamiento de la Comisión de Cooperación de Consumo.
Sección | Disposiciones Generales |
Emisor | Consejeria de Sanidad |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 20/2004, de 22 de enero, por el que se regula la estructura y funcionamiento de la Comisión de Cooperación de Consumo.
El artículo 51.1 de la Constitución establece la ga rantía por parte de los p o d e res públicos de la defensa de los consumidores y usuari o s , p ro t egi e n d o mediante procedimientos eficaces la seg u ri d a d, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.
En este sentido el artículo 27 de la Ley Orgánica 4/1983, de 25 de feb rero , por la que se ap ru eba el Estatuto de Autonomía de Castilla y León, re fo rmada por la Ley Orgánica 11/1994, de 24 de marzo , at ri bu ye a dicha Comunidad competencias de desarrollo normativo y ejecución en materia de d e fensa del consumidor y usuari o , en el marco de la legislación básica del E s t a d o .
Asimismo la Ley 7/1985, de 2 de ab ri l , R eg u l a d o ra de las Bases del Régimen Local, así como la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León, reconocen al municipio el ejercicio de competencias en mat e ri a de defensa de usuarios y consumidore s , en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Au t ó n o m a s , y a la provincia el deber de aseg urar la prestación integral y adecuada en la totalidad del terri t o rio provincial de los servicios de competencia mu n i c i p a l .
De confo rmidad con lo anteri o r, ante la ex i gencia de crear un marco jurídico adecuado regulador de las actuaciones de las distintas A d m i n i s t ra c i o n e s P ú blicas para la defensa de los consumidores y usuarios en el ámbito terri t orial de nu e s t ra Regi ó n , la Ley 11/1998, de 5 de diciembre, p a ra la Defensa de los Consumidores y Usuarios de Castilla y León dedica su capítulo VII denominado 'Coordinación y colab o ración entre A d m i n i s t raciones Públicas' a la necesidad de que las A d m i n i s t raciones Públicas de Castilla y León en el ejercicio de sus competencias y en sus re s p e c t ivos ámbitos terri t o ri a l e s , p ro mu evan y desarrollen la defensa y protección de los consumidores y usuari o s , actuando en sus re l a c i o n e s , de acuerdo con los principios de coordinación y c o o p e ra c i ó n .
Del mismo modo, p a ra hacer efe c t ivos tales principios de coordinación y c o l ab o ración entre la A d m i n i s t ración Autonómica y las de las Corp o ra c i o n e s L o c a l e s , d i cha norma dispone en su artículo 40.1 la creación de la Comisión de Cooperación de Consumo, como instrumento en el que participarán la Junta de Castilla y León y las Corp o raciones Locales en la fo rma que reg l am e n t a riamente se establ e z c a .
Por lo tanto, p a ra dar cumplimiento a lo establecido en dicha Ley, y oído el Consejo de Consumidores y Usuarios de Castilla y León, y teniendo en cuenta los resultados plenamente sat i s fa c t o rios que hasta la fe cha se han
alcanzado en mat e ria de colab o...
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