ORDEN EDU/1391/2010, de 6 de octubre, por la que se convocan ayudas para estancias breves en centros de investigación nacionales o extranjeros a realizar en 2010 y 2011.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

La Ley 17/2002, de 19 de diciembre, de fomento y coordinación general de la Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+I) en Castilla y León, que constituye el marco de coordinación de las actuaciones investigadoras financiadas por la Administración regional, tiene por objeto la coordinación y promoción de la investigación científica, el desarrollo y la innovación tecnológica en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León.

La Estrategia Regional de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación 2007-2013, recoge en su programa 1, «Capital Humano como Fuente de Ventaja Competitiva», como una de sus medidas, el fomento de la formación de investigadores (Medida I-1.1).

Por otra parte, la práctica administrativa, en la gestión de estas subvenciones, aconseja introducir la presentación telemática de determinados documentos, con el fin de simplificar y clarificar la gestión y de facilitar a los solicitantes la presentación de determinada documentación. Con ello, se cumple con lo dispuesto en el Acuerdo 29/2009, de 12 de marzo, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba el Plan de Implantación de la Administración Electrónica en Castilla y León 2009-2011 y se aplica el Decreto 23/2009, de 26 de marzo, de medidas relativas a la simplificación documental en los procedimientos administrativos, y la Orden ADM/941/2009 que lo desarrolla.

A tal efecto, mediante Orden EDU/1941/2008, de 7 de noviembre («B.O.C. y L.» n.º 221, de 14 de noviembre), modificada por la Orden EDU/2251/2009, de 9 de diciembre («B.O.C. y L.» n.º 240, de 16 de diciembre), se han establecido las bases reguladoras de las ayudas para estancias breves en centros de investigación nacionales o extranjeros, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y 6 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, procediendo ahora realizar la correspondiente convocatoria de ayudas.

En consecuencia, de conformidad con lo establecido en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO

Primero.- Objeto.

1.1. La presente Orden tiene por objeto la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para estancias breves en centros de investigación nacionales o extranjeros, a los beneficiarios de becas de investigación de la convocatoria realizada mediante ORDEN EDU/1878/2006, de 23 de noviembre, y a los beneficiarios de las ayudas a la contratación de personal investigador de reciente titulación universitaria de las convocatorias realizadas mediante ORDEN EDU/330/2008, de 3 de marzo, ORDEN EDU/1933/2008, de 11 de noviembre y ORDEN EDU/1867/2009, de 21 de septiembre.

1.2. Las ayudas irán destinadas a financiar los gastos de transporte y manutención derivados de estancias en centros de investigación nacionales o extranjeros ubicados en una localidad distinta a la del centro en el que el becario o contratado desarrolle el trabajo de investigación. Las estancias deberán estar dirigidas a reforzar la formación del becario o contratado con el trabajo en laboratorios de investigación o instalaciones científicas, la consulta de fondos bibliográficos o documentales de índole diversa, o el aprendizaje de nuevas técnicas instrumentales o metodológicas beneficiosas para el mejor desarrollo del trabajo de investigación para el que se concedió la beca o la ayuda.

1.3. No se concederán ayudas para asistencia y participación en congresos, seminarios, cursos u otro tipo de reuniones de trabajo o coordinación, así como para actividades ordinarias que exija el normal desarrollo del trabajo de investigación.

1.4. Las estancias deberán realizarse en un único centro de investigación nacional o extranjero, entre el 1 de octubre de 2010 y el 30 de septiembre de 2011, y tener una duración ininterrumpida mínima de un mes y máxima de cuatro meses, excepto cuando el objeto de la estancia sea la consulta bibliográfica o documental, en cuyo caso no podrán exceder de un mes.

1.5. Ningún becario o contratado podrá solicitar más de una ayuda al amparo de esta convocatoria.

1.6. Las ayudas objeto de esta convocatoria no establecerán relación contractual alguna entre los beneficiarios y la Comunidad de Castilla y León.

Segundo.- Beneficiarios.

2.1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas que disfruten de una de las ayudas convocadas mediante las siguientes Órdenes:

- ORDEN EDU/1878/2006, de 23 de noviembre, por la que se convocan ayudas para la formación de personal investigador de la Comunidad de Castilla y León...

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