Esquema derecho internacional privado en materia concursal
Autor | José Luis Diaz Echegaray |
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Las normas de la LC se aplicarán sin perjuicio de lo establecido en el RPI sobre procedimientos de insolvencia y demás normas comunitarias o convencionales que regulen la materia. A falta de reciprocidad o cuando se produzca una falta sistemática a la cooperación por las autoridades de un Estado extranjero, no se aplicarán respecto de los procedimientos seguidos en dicho Estado, los capítulos II y IV del título IX. |
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La ley española determinará los presupuestos y efectos del concurso declarado en España, su desarrollo y su conclusión, sin perjuicio de lo dispuesto en la propia LC. |
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Se rigen por la del Estado donde se encuentran los bienes:
La declaración de concurso del vendedor de un bien con reserva de dominio que ya haya sido entregado y que al momento de la declaración se encuentre en el territorio de otro Estado no constituye, por sí sola, causa de resolución ni de rescisión de la venta y no impedirá al comprador la adquisición de su propiedad. |
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Los efectos sobre derechos del deudor que recaigan en bienes inmuebles, buques o aeronaves sujetos a inscripción en registro público se acomodarán a lo dispuesto en la ley del Estado bajo cuya autoridad se lleve el registro. |
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La validez de los actos de disposición a título oneroso del deudor sobre bienes inmuebles o sobre buques o aeronaves que estén sujetos a inscripción en registro público, realizados con posterioridad a la declaración de concurso, se regirán, respectivamente, por la ley del Estado en cuyo territorio se encuentre el bien inmueble o por la de aquel bajo cuya autoridad se lleve el Registro de buques o aeronaves. |
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Efectos sobre derechos sobre valores y sistemas de pagos y mercados financieros |
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La declaración de concurso no afectará al dcho. de un acreedor a compensar su crédito cuando la ley que rija el crédito recíproco del concursado lo permita en situaciones de insolvencia, sin perjuicio de las acciones de reintegración que en su caso procedan. |
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Se regirán exclusivamente por la ley del Estado donde se hallen los contratos que tengan por objeto la atribución de un dcho. al uso o a la adquisición de un bien inmueble. |
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Efectos sobre el contrato de trabajo y las relaciones laborales | Se regirán exclusivamente por la ley del Estado aplicable al contrato. |
Acciones de reintegración | No procederá el ejercicio de acciones de reintegración al amparo de la LC cuando el beneficiado por el acto perjudicial pruebe que dicho acto está sujeto a la ley de otro Estado que no permite en ningún caso su impugnación. |
Efectos sobre los juicios declarativos pendientes | Los que se refieran a un bien o a un dcho. de la masa, se regirán exclusivamente por la ley del Estado en el que estén en curso. |
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Se regirá por las mismas normas que el concurso principal, salvo las excepciones señaladas. |
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Presupuestos del concurso | El reconocimiento de un procedimiento extranjero principal permite abrir en España un concurso territorial sin necesidad de examinar la insolvencia del deudor. |
Podrá solicitar la declaración de un concurso territorial |
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Alcance de un convenio con los acreedores | Las limitaciones de los derechos de los acreedores derivadas de un convenio aprobado en el concurso territorial, tales como la quita y la espera, sólo producirán efectos con respecto a los bienes del deudor no comprendidos en este concurso si hay conformidad de todos los acreedores interesados. |
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Declarado el concurso, la AC informará sin demora, por escrito y mediante envío individualizado, a los acreedores conocidos que tengan su residencia habitual, domicilio o sede en el extranjero, si así resulta de los libros y documentos del deudor o por cualquier otra razón constare... |
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