RESOLUCIÓN JUS/2471/2012, de 9 de noviembre, de convocatoria de concurso específico de méritos y capacidades para la provisión del puesto de trabajo de jefe del Servicio de Laboratorio Forense del Instituto de Medicina Legal de Cataluña.

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE JUSTICIA
Rango de LeyResolución

De conformidad con lo que establecen el artículo 532 de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial, y los artículos 49 y siguientes del Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, y el Real decreto 386/1996, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los institutos de medicina legal;

Dado que mediante el Decreto 302/2001, de 20 de noviembre, se creó el Instituto de Medicina Legal de Cataluña (DOGC núm. 3522, de 27.11.2001), y que mediante el Decreto 411/2006, de 31 de octubre, se aprobó el Reglamento (DOGC núm. 4753, de 3.11.2006);

Visto el Acuerdo de la Comisión Técnica de la Función Pública de 6 de marzo de 2002;

Vista la relación de puestos de trabajo de personal funcionario del cuerpo de médicos forenses del Instituto de Medicina Legal de Cataluña;

Dado que se encuentra vacante el puesto de trabajo de jefe del Servicio de Laboratorio Forense del Instituto de Medicina Legal de Cataluña;

Visto que la Intervención Delegada del Departamento ha llevado a cabo el trámite de intervención correspondiente;

De conformidad con la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña,

Resuelvo:

—1 Convocar un concurso específico de méritos y capacidades para la provisión del puesto de trabajo de jefe del Servicio de Laboratorio Forense del Instituto de Medicina Legal de Cataluña.

—2 Aprobar las bases de la convocatoria, que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.

Información sobre los recursos que se pueden interponer

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su publicación en el último diario oficial (BOE o DOGC) en que esta Resolución se haya publicado, de acuerdo con lo que establecen los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien pueden impugnar esta Resolución directamente mediante recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de la publicación en el último diario oficial (BOE o DOGC) en que esta Resolución se haya publicado, ante el juzgado contencioso administrativo competente de Barcelona, de conformidad con lo que disponen los artículos 14.2, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 9 de noviembre de 2012

M. Pilar Fernández Bozal

Consejera de Justicia

Anexo 1

Bases

Primera

Régimen de participación

1.1 De conformidad con lo que prevé el Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, así como en el artículo 23 del Decreto 411/2006, de 31 de octubre, pueden participar en esta convocatoria los funcionarios del cuerpo de médicos forenses que se encuentren en la situación administrativa de servicio activo o en cualquier otra que comporte la reserva de puesto de trabajo y que cumplan los requisitos que constan en el anexo 3.3.

1.2 No pueden participar en este concurso, los funcionarios que se encuentren en situación de excedencia voluntaria sin reserva de puesto de trabajo, los suspensos en firme, mientras dure la suspensión, y los sancionados con traslados forzoso, mientras no hayan transcurrido uno o tres años si se trata de falta grave o muy grave respectivamente.

1.3 Con respecto al tiempo mínimo para participar en este concurso específico y de conformidad con lo que prevé el artículo 49.7 del Real decreto 1451/2005, no regirá la limitación que se establece en el artículo 46.1.

1.4 Los funcionarios con discapacidades podrán participar en igualdad de condiciones con el resto de participantes, siempre que puedan desarrollar las funciones del puesto de trabajo a proveer.

Segunda

Requisitos de participación

Los requisitos de participación se tienen que cumplir en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes que establece la base tercera de esta convocatoria.

Tercera

Presentación de solicitudes y documentación

3.1 Las solicitudes para tomar parte en este concurso se tienen que formalizar según el modelo que figura en el anexo 4 de esta convocatoria y se tiene que presentar en el plazo de diez días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el DOGC y en el BOE. En caso de que la publicación de esta convocatoria no se haga simultáneamente al BOE y al...

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