STSJ Comunidad de Madrid 531/2006, 21 de Abril de 2006
Ponente | FATIMA BLANCA DE LA CRUZ MERA |
ECLI | ES:TSJM:2006:17319 |
Número de Recurso | 1657/2002 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 531/2006 |
Fecha de Resolución | 21 de Abril de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.4
MADRID
SENTENCIA: 00531/2006
Procurador Sr. Alfredo Gil Alegre
A del E.
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Sección 4ª
RECURSO Nº 1657/02
PONENTE Sra. Dª. Fátima de la Cruz Mera
S E N T E N C I A Nº 531
Presidente Ilmo. Sr.
D. Alfonso Sabán Godoy
Magistrados Ilmos. Sres.
D. Nazario Losada Alonso
Dª Mª Rosario Ornosa Fernández
D. Gervasio Martín Martín
Dª. Fátima de la Cruz Mera
En Madrid a veintiuno de Abril de dos mils seis
Visto por la Sala del margen el recurso nº1657/02 interpuesto por el Procurador Sr. Alfredo Gil Alegre en nombre y representación de. Jose Ignacio contra la Resolución de la Dirección General de la Policía de fecha 28 de agosto de 2.002 desestimatoria del recurso de alzada formulado por el interesado frente a la Resolución de 10 de junio del citado año denegatoria de entrada en territorio español. Habiendo sido parte la Administración General del Estado representada por su Abogacía
La cuantía del recurso es indeterminada
ANTECEDENTES DE HECHO
Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.
La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.
No acordado el recibimiento a prueba, se dio traslado a las partes sucesivamente para conclusiones, quienes las evacuaron en sendos escritos en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.
Con fecha 20 de abrilde 2006 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para sentencia.
Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª. Fátima de la Cruz Mera
Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.
Es objeto de este recurso contencioso administrativo la Resolución de la Dirección General de la Policía de fecha 28 de agosto de 2.002 desestimatoria del recurso de alzada formulado por el interesado frente a la Resolución de 10 de junio del citado año denegatoria de entrada en territorio español por no presentar los documentos que justifiquen el objeto y condiciones de la estancia prevista.
El recurrente manifiesta que la resolución recurrida no está motivada, al denegarse la entrada sin explicar las razones pertinentes. Añade que reunía todos los requisitos para poder entrar en territorio nacional. La Administración demandada se opone a todos los motivos de impugnación con base en los razonamientos jurídicos que obran en su escrito de contestación a la demanda.
Examinado el expediente administrativo resulta que el demandante intentó entrar en territorio español el 10 de marzo de 2.002, siendo sometido al examen y comprobación de los requisitos exigibles para entrar en España en un procedimiento administrativo en el que consta que fue asistido por letrado en la declaración que prestó. Seguidamente se emitió informe-propuesta por el funcionario actuante y después la resolución de denegación de entrada.
Pues bien, no puede afirmarse válidamente que la Administración haya actuado de forma inmotivada y arbitraria, puesto...
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