Los elementos centrales de las nuevas teorías de la referencia

AutorLorena Ramírez Ludeña
Páginas59-86
CAPÍTULO II
LOS ELEMENTOS CENTRALES DE LAS NUEVAS
TEORÍAS DE LA REFERENCIA
1. INTRODUCCIÓN
Además de presentar la concepción tradicional, en el capítulo anterior he
descrito los elementos centrales de las posiciones defendidas por DONNELLAN,
KRIPKE y PUTNAM por lo que respecta al vínculo entre determinados términos
y los objetos a los que éstos ref‌ieren. El planteamiento de otras situaciones
posibles condujo a KRIPKE a concluir que la contribución de un nombre propio
a las condiciones de verdad de los enunciados en que aparece es distinta de la
de las descripciones def‌inidas. Así, los nombres propios ref‌ieren directamen-
te y son designadores rígidos puesto que designan el mismo objeto en todo
mundo posible. En este capítulo trataré de precisar los elementos anteriores,
así como el vínculo entre ellos y su posible extensión a los términos de clase
natural.
Por otro lado, KRIPKE y PUTNAM enfatizan la existencia de verdades ne-
cesarias a posteriori. Analizaré los diversos sentidos en que puede af‌irmarse,
aun asumiendo las principales tesis de los partidarios de las nuevas teorías de
la referencia, que las cosas podrían ser de otro modo. Además, al exponer la
concepción de PUTNAM vimos que las apreciaciones de KRIPKE acerca de los
nombres propios requerían de ciertas puntualizaciones para su extensión a los
términos de clase natural. En este sentido, conviene plantearse en qué medida
nuestros intereses desempeñan un papel relevante por lo que respecta a los
términos de clase natural. El análisis de otros aspectos como la posibilidad de
desacordar con sentido y la cuestión de la competencia lingüística me permi-
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tirán ofrecer una caracterización más acabada de las tesis principales de las
nuevas de la referencia.
En la última parte de este capítulo expondré diferentes respuestas que
pueden ser esbozadas por los partidarios de la concepción tradicional a los
planteamientos de los partidarios de las nuevas teorías de la referencia. Fi-
nalmente, presentaré una serie de argumentos encaminados a sostener que las
nuevas teorías de la referencia pueden hacer frente a problemas como el valor
cognoscitivo de los enunciados de identidad, que hacían de la concepción tra-
dicional el punto de partida ineludible a efectos de analizar el vínculo entre
nuestros términos y los objetos. El capítulo terminará con una presentación de
los elementos que considero centrales de entre las aportaciones de las nuevas
teorías de la referencia, y cuya incidencia en el ámbito jurídico será analizada
en capítulos posteriores.
2. LA INCIDENCIA DE LA REFERENCIA DIRECTA
Al exponer los argumentos centrales de los defensores de las nuevas teo-
rías de la referencia hemos visto que uno de los elementos característicos de
los nombres propios y de los términos de clase natural, que los diferencian
de las descripciones, es que son designadores rígidos cuya contribución a las
condiciones de verdad de los enunciados en que aparecen es el objeto al que
ref‌ieren directamente.
Sin embargo, conviene ref‌lexionar acerca de en qué medida estos elemen-
tos son determinantes a efectos de diferenciar el modo en que operan nombres
propios y términos de clase natural, por un lado, y descripciones def‌inidas, por
otro. Por un lado, porque existen diferentes modos de entenderlos y resulta
conveniente perf‌ilar en qué sentido cabe hacerlo. Por otro lado, puesto que,
como vimos en el capítulo anterior, rasgos como la designación rígida son
compartidos por determinadas descripciones def‌inidas.
En este trabajo defenderé que es la referencia directa, aunque entendida de
un determinado modo, lo que nos permite distinguir adecuadamente entre los
distintos tipos de términos. En este sentido, argumentaré que los nombres pro-
pios y los términos de clase natural ref‌ieren directamente, mientras que las des-
cripciones def‌inidas ref‌ieren al objeto que satisface determinadas descripciones.
2.1. Designación rígida y referencia directa
En el capítulo anterior he expuesto ya algunos de los argumentos que im-
piden considerar que el rasgo característico de las nuevas teorías de la referen-
cia es la designación rígida. Así, vimos que para trazar la distinción entre los

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