STSJ Andalucía , 24 de Marzo de 2000
Ponente | MARIA CRISTINA GIMENEZ MORENO |
ECLI | ES:TSJAND:2000:4682 |
Número de Recurso | 89/2000 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 24 de Marzo de 2000 |
Emisor | Sala de lo Social |
Rollo de Suplicación nº: 89/00 Sentencia nº: 578/00 Presidente Ilmo. Sr. D. Antonio Navas Galisteo Magistrados Ilmo. Sr. D. JOSÉ MANUEL GONZÁLEZ VIÑAS Ilma. Sra. Dª Mª Cristina Giménez Moreno En Málaga a veinticuatro de marzo de dos mil. La Sala de lo Social en Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación interpuesto por Soledad y otros contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº dos, ha sido ponente la Ilma. Sra. Dª. Mª Cristina Giménez Moreno.
En fecha 4-7-96 se dictó sentencia en el Juzgado de lo Social nº dos en el que se condenaba a los demandados a abonar de modo solidario a los demandantes la suma de 20.000.000 ptas.
El Tribunal Superior de Justicia dictó sentencia en fecha 26-10-98 por la que se revocaba parcialmente la anterior y se fijaba en 1.000.000 ptas. La suma a pagar a los actores. En fecha 7-5-99 el letrado don Luis González Palencia Lagunilla, en representación de doña Soledad y otros, presentó escrito en el que solicitaba la ejecución de sentencia frente a "Ferrovial, S.A." por el principal adeudado de 1.000.000 ptas.
más la cantidad de 125.000 ptas. presupuestadas para intereses y otras 100.000 presupuestadas para costas y gastos. En fecha 15- 6-99 se entregó a la parte demandante mandamiento de devolución por importe de 1.000.000 ptas. con cargo a la suma que en su día fue consignada para la interposición del recurso de suplicación.
En fecha 18-2-99 se dictó auto declarando no haber lugar a la ejecución de sentencia, siendo recurrido en reposición por la parte actor, recurso que fue desestimado por el Auto de fecha 13-9-99 y contra este se anunció Recurso de Suplicación la parte demandante, recurso que formalizó, siendo impugnado de contrario. Recibidos los autos en este Tribunal se proveyó el pase de los mismos a ponente para su examen y resolución.
Los actores interponen Recurso de Suplicación contra el Auto del Juzgado de lo Social numero Dos de los de Málaga y Provincia de fecha 13 de Septiembre de 1.999 en el cual desestima el Recurso de Reposición interpuesto por los actores contra el Auto de fecha 18 de Junio de 1.999 confirmando dicho auto en todos sus extremos articulando un primer motivo al amparo del Apartado b) del Art. 191 de la L.P.L. con objeto de revisar los hechos declarados probados a la vista de las pruebas obrantes en autos para solicitar la adición de los siguientes extremos: 1) que la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia que estimo parcialmente el Recurso de Suplicación interpuesto contra la sentencia de instancia se notificó a todas las partes con anterioridad al día 26 de Marzo de 1.999, 2) Que por Providencia de 26 de Marzo de 1.999 el Juzgado acordó...
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