Dosier legislativo de la Ley catalana 5/2020, de 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente

El pasado 30 de abril, el DOGC publicaba la Ley 5/2020, de 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público i de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente, que entró en vigor el 1 de mayo de 2020.

Objetivos de la norma

Según su exposición de motivos, la Ley tiene por objeto establecer el conjunto de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público necesarias para completar el régimen jurídico de los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el ejercicio de 2020.

Asimismo, la norma crea y regula el impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente.

Novedades introducidas
Medidas fiscales

Modificaciones en el ámbito de tributos propios

1) Se establece el incremento progresivo en cuatro años de los tipos de gravamen de los cánones sobre la deposición controlada y la incineración de residuos municipales.

2) Sobre la regulación del canon del agua, se sistematizan los coeficientes que afectan al tipo de gravamen general correspondientes a usuarios industriales; se ajusta el tratamiento fiscal aplicable a los usuarios industriales de agua para la producción de energía eléctrica; se realizan modificaciones relacionadas con la presentación de declaraciones tributarias, y se introducen medidas de lucha contra el fraude.

3) Impuesto sobre viviendas vacías: con el fin de incentivar la disponibilidad de viviendas para alquiler social, se modifican los porcentajes de bonificación establecidos en atención al volumen de viviendas que los sujetos pasivos destinan a alquiler asequible.

4) Impuesto sobre grandes establecimientos comerciales: se concretan los supuestos de sujeción al impuesto y, respecto a la determinación de la base imponible, se introduce una ratio de vehículos por día y metros cuadrados de superficie específica para los establecimientos de ferretería.

5) Impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos: se incorporan a la tributación los cruceros que no entran en el puerto pero permanecen fondeados en sus aguas, y se permite al Ayuntamiento de Barcelona a establecer, mediante una ordenanza municipal, un recargo sobre las tarifas establecidas para este impuesto.

6) Impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial: se introduce una modificación técnica en relación con los instrumentos de información que deben utilizarse para determinar las emisiones objeto de gravamen.

7) Impuesto sobre bebidas azucaradas envasadas: se incrementan los tipos de gravamen para motivar el cambio de comportamiento de los fabricantes (con la reducción del volumen de azúcar de las bebidas más comercializadas) y los consumidores (para que opten por el consumo de bebidas más saludables).

8) Creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio...

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