SAP Jaén 203/2007, 10 de Septiembre de 2007
Ponente | PIO JOSE AGUIRRE ZAMORANO |
ECLI | ES:APJ:2007:1144 |
Número de Recurso | 259/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 203/2007 |
Fecha de Resolución | 10 de Septiembre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª |
SENTENCIA Nº 203
ILTMOS. SRES.
PRESIDENTE
D. Pío Aguirre Zamorano
MAGISTRADOS
Dª. María Esperanza Pérez Espino
D. Rafael Morales Ortega
En la ciudad de Jaén, a diez de septiembre de dos mil siete.
Vistos en grado de apelación, por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio Verbal sobre reclamación de cantidad seguidos en primera instancia con el nº 129 del año 2007, por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Jaén, rollo de apelación de esta Audiencia nº 259 del año 2007, a instancia de la entidad Ferretería Industrial Ferrosur S.L., representada en la instancia por la Procuradora Sra. Carazo Calatayud y defendida por el Letrado Sr. García del León, contra Dª. Leonor, representada en la instancia por el Procurador Sr. Ortega Espinosa y defendida por el Letrado Sr. Herrera Martínez.
ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Jaén, con fecha 16 de febrero de 2007.
Por dicho Juzgado y en la fecha indicada, se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Ferrosur S.L. representado por Pedro Carmona Herrera y asistido de Eduardo León contra Leonor representada por Ortega Espinosa y asistida de Francisco Herrera Martínez condeno a la demandada al pago a la actora de la cantidad de 1.282,90 €.- Todo ello con imposición de las costas procesales a la parte demandada".
Contra dicha sentencia se preparó e interpuso por la demandada, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Jaén, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso en lo que se expondrá en los fundamentos de derecho de esta resolución.
Dado traslado a las demás partes del escrito de apelación, se presentó escrito impugnándolo por ser la sentencia ajustada a derecho, remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, en la que se formó el rollo correspondiente, quedando las actuaciones sobre la mesa para dictar la resolución oportuna.
En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.
Siendo Ponente D. Pío Aguirre Zamorano.
No se aceptan los fundamentos de derecho de la resolución impugnada que serán sustituidos por los siguientes.
Apela la representación procesal de la demandada Dª. Leonor alegando, en suma que no debe nada a la actora y que no se ha firmado recibo o albarán alguno que corresponda a las deudas que se le...
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La prueba documental
...por el demandado, transfiere al actor la carga de aportar los originales con lo que pueda practicarse el cotejo de letras (SAP Jaén, 10 de septiembre 2007385). Tras la Ley 41/2007, de 7 de diciembre, cabe aportación del documento en soporte electrónico a través de imagen digitalizada Page 1......
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...por el demandado, transfiere al actor la carga de aportar los originales con lo que pueda practicarse el cotejo de letras (SAP Jaén, 10 de septiembre de 20072905). Tras la Ley 41/2007, de 7 de diciembre, cabe aportación del documento en soporte electrónico a través de imagen digitalizada in......