SAP Las Palmas 703/2002, 16 de Diciembre de 2002

PonenteLUIS ALBERTO GODOY DOMINGUEZ
ECLIES:APGC:2002:3413
Número de Recurso882/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución703/2002
Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 5ª

SENTENCIA 703

Iltmos. Sres.

Presidente:

D./Dª. Angel Guzmán Montesdeoca Acosta

Magistrados:

D./Dª. Carlos García Van Isschot

D./Dª. Alberto Luis Godoy Domínguez (Ponente)

En Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de diciembre de 2002.

VISTO, ante AUDIENCIA PROVINCIAL SECCIÓN QUINTA, el recurso de apelación admitido a la parte demandada, en los reseñados autos, contra la sentencia dictada por el JDO. 1A INST. E INSTRUCCION N. 5 de SAN BARTOLOME DE TIRAJANA de fecha 15 de febrero de 2001, instada esta apelación a instancia de D./Dña. Blanca representados por el Procurador D./Dña. Ana María Ramos Varelay dirigido por el Letrado por D./Dña. Ismael Rodríguez Hernandez, contra D./Dña. Salvador representado por el Procurador D./Dña. Antonio Jaime Enriquez y dirigido por el Letrado D./Dña. Zenaida Ascanio Mesa, siendo parte el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El fallo de la Sentencia apelada dice: "Estimando en lo esencial la presente demanda, debo declarar y declaro la disolución del matrimonio por el divorcio de los cónyuges D. Salvador y Dña. Blanca , con todos los efectos legales inherentes a su pronunciamiento, y, en especial acuerdo las siguientes medidas:.- Primera.- La guardia y custodia de los hijos menores Lorenzo y Juan Pedro , habidos en el matrimonio, se otorga a la madre, manteniendo la patria potestad compartida por ambos progenitores.-Segundo.- La esposa e hijos continuarán con el uso de la vivienda familiar, sita en la URBANIZACIÓN000 , San Fernando de Maspalomas, San Bartolomé de Tirajana.- Tercero.- Se dispone como régimen de visitas supletorio, a falta de acuerdo entre las partes, el que sigue:. -a) El padre podrá estar en compañía de sus hijas el 1°, 3° y 5° (si lo hubiere) fin de semana de cada mes, entre las 20.00 horas del viernes, en que deberá recogerlos en el domicilio familiar, hasta las 20.00 horas del domingo en que deberá reintegrarlos al mismo.- b) La mitad de las vacaciones de Semana Santa, Verano y Navidad las disfrutarán los hijos en compañía de su padre, correspondiendo la elección del período vacacional los años pares a la madre y los impares al padre, distribuyéndose los periodos de la y siguiente manera: Semana Santa, un primer periodo desde el lunes santo hasta medio día del jueves santo y un segundo periodo desde ese día hasta el domingo de resurrección; Verano, el primer periodo corresponde al mes de julio y el segundo al mes de agosto; Navidad, el primer periodo será desde el 22 al 30 de diciembre y el segundo desde el 31 de diciembre hasta el 8 de enero.- Cuarta.- El padre ingresara, en concepto de alimentos a los menores, la cantidad de setenta mil pesetas mensuales en la cuenta corriente que al efecto designe la esposa, por anticipado en los cinco primeros días de cada mes y, revisable anualmente conforme al IPC que publique el INE u organismo que asuma sus funciones.- Todas sin expreso pronunciamiento respecto de las costas procesales causadas en esta instancia."

SEGUNDO

La relacionada sentencia, se recurrió en apelación por la indicada parte de conformidad a lo dispuesto en el artículo 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y no habiéndose solicitado prueba, se señaló para estudio, votación y fallo .

TERCERO

Se ha tramitado el presente recurso conforme a derecho, y observando las prescripciones legales. Es ponente de la sentencia el Iltmo. Sr./a D./Dña. Alberto Luis Godoy Domínguez, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la resolución combatida, en tanto no se aparten de los de la presente.

Se alza el apelante contra la sentencia de instancia combatiendo exclusivamente lo relativo al pronunciamiento sobre pensión alimenticia a favor de los hijos comunes del matrimonio, alegando para ello, en lo principal, que al haberse establecido en un previo procedimiento de separación la cantidad de 40.000 pts., ésta solo era...

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