SAP Santa Cruz de Tenerife 145/2007, 15 de Mayo de 2007

PonenteEUGENIO SANTIAGO DOBARRO RAMOS
ECLIES:APTF:2007:773
Número de Recurso662/2006
Número de Resolución145/2007
Fecha de Resolución15 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 145 / 2007

Rollo nº 662/06

Autos nº 125/06

Juzgado de Primera Instancia Num Uno de Granadilla de Abona

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

Don José Ramón Navarro Miranda

MAGISTRADOS

Don Eugenio Santiago Dobarro Ramos

Don Modesto Blanco Fernández del Viso

....

En Santa Cruz de Tenerife, a veintitrés de abril de dos mil siete

Visto, por la Sección Primera de la Audiencia Provincial integrada por los Ilmos. Sres. antes reseñados, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO UNO DE GRANADILLA DE ABONA, en juicio de divorcio, seguido a instancia de DOÑA Encarna, representado por el Procurador DOÑA PALOMA AGUIRRE LOPEZ, y dirigido por el Abogado DOÑA MARIA BELLO REYES, contra DON Leonardo, representado por el Procurador DOÑA CRISTINA TOGORES GUIGOU, y dirigida por el Abogado DOÑA CARMEN DELGADO GONZALEZ con intervención del MINISTERIO FISCAL, ha pronunciado en NOMBRE DE S. M. EL REY, la presente resolución siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON Eugenio Santiago Dobarro Ramos, con base en los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el procedimiento indicado, por la SRA. JUEZ DOÑA ANA FERNÁNDEZ ARRANZ se dictó sentencia el día uno de setiembre de dos mil seis, en cuya parte dispositiva a efectos de recurso se establece: "

F A L L O

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Doña Isabel Navarro Gomez, en nombre y representación de Doña Encarna, declaro la disolución por divorcio del matrimonio contraído por la actora con Don Leonardo y las siguientes medidas definitivas.:

  1. Se atribuye a la madre la guarda y custodia del menor, Felix. La patria potestad se ejercerá conjuntamente por ambos progenitores.

  2. Se estable el regimen de visitas a favor del padre en el Punto de Encuentro de Atención a la Familia durante una hora semanal. Transcurrido un año, dicho régimen se ampliará, a viernes de viernes de 16 a 20 horas, en caso de informe favorable del mencionado Centro.

  3. Se atribuye el uso del domicilio conyugal al hijo y a la madre, en cuya compañía queda.

  4. El padre hab´ra de satisfacer a su hijo una pensión de alimentos de 200 euros, en la cuenta de la que es tituklar la actora en la Caja Rural: NUM000, dentro d elos los cinco primeros días de cada mes, hasta que el menor adquiera independencia económica. Dicha suma se actualizará conforme al IPC, el día 1m de enero de cada año.

  5. Los gastos extraordinarios se abonaran por mitad.

  6. Se disuelve la sociedad de gananciales.

No se hace pronunciamiento en materia de costas.

(...)

Así lo pronuncio, mando y firmo..

SEGUNDO

Así, notificada la anterior resolución por ambas partes se formuló recurso de apelación, evacuándose los traslados correspondientes de oposición, remitiéndose la actuaciones a esta Sección, previo emplazamiento de las partes.

TERCERO

Seguido el correspondiente trámite del recurso en la alzada, personadas en tiempo y forma las partes,...

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