SAP A Coruña 326/2002, 3 de Octubre de 2002

PonenteJOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
ECLIES:APC:2002:2399
Número de Recurso1624/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución326/2002
Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 4ª

FERROL Nº 6.-Rollo: RECURSO DE APELACION 1624 /2002

FECHA DE REPARTO: 10-9-02.-SENTENCIA Nº 326

AUDIENCIA PROVINCIAL

Sección Cuarta

Ilmos. Sres. Magistrados:

JOSÉ LUIS SEOANE SPIEGELBERG

CARLOS FUENTES CANDELAS

ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS FERNÁNDEZ

En A CORUÑA, a tres de Octubre de dos mil dos.

Vistos por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, integrada por los señores que al margen se relacionan los presentes autos de Juicio MODIFICACION DE MEDIDAS DE DIVORCIO Nº 297/02, sustanciado en el JUZGADO DE 1ª INST.Nº 6 DE FERROL, y que ante la Audiencia Provincial pendían en grado de apelación, seguidos entre partes de una como DEMANDANTE Y APELANTE DON Gerardo , representado en primera instancia por la Procuradora SRA.GARCÍA GALEIRAS y con la dirección de la Letrada SRA.ROMALDE y de otra como DEMANDADA Y APELADA DOÑA Marí Luz , representada en primera instancia por el Procurador Sr. ARTABE SANTALLA y con la dirección del Letrado SR. BARROS; versando los autos sobre INCIDENTE DE MODIFICACION DE MEDIDAS DE DIVORCIO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada, dictada por el JUZGADO DE 1ª INST. Nº 6 DE FERROL, con fecha 20-5-02. SU PARTE DISPOSITIVA LITERALMENTE DICE: FALLO: Que debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora SRA. GARCIA GALEIRAS, en nombre y representación de DON Gerardo , contra DOÑA Marí Luz , representada por el Procurador SR. ARTABE SANTALLA, absolviendo expresamente a la demandada de cuantos pedimentos se le hacían, sin especial pronunciamiento sobre las costas."

SEGUNDO

Contra la referida resolución por EL DEMANDANTE, se interpuso recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial que le fue admitido, elevándose los autos a este Tribunal, pasando los autos a Ponencia para resolución.

TERCERO

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON JOSÉ LUIS SEOANE SPIEGELBERG.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El objeto del presente litigio sometido a consideración judicial en la alzada, en virtud del recurso de apelación interpuesto, consiste en la revisión de los efectos de la sentencia de divorcio, dictada con fecha 24 de mayo de 1995, por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Ferrol, en tanto en cuanto se pretende se deje sin efecto o al menos se rebaje la pensión compensatoria a cargo del demandante Don Gerardo a favor de la que fue su mujer Marí Luz , fijada en cuantía de 50.000 ptas al mes por la sentencia de divorcio actualizable según las variaciones de fortuna del obligado a prestarlas, alegando para ello, como alteración sustancial de fortuna, que contrajo matrimonio y que la demandada actualmente percibe una pensión de la XUNTA DE GALICIA DE 40.260 ptas. Desestimada tal pretensión, en sentencia dictada por el referido órgano jurisdiccional, contra la mentada resolución judicial...

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