SAP Jaén 306/2001, 31 de Mayo de 2001

PonenteMARIA JESUS JURADO CABRERA
ECLIES:APJ:2001:1100
Número de Recurso606/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución306/2001
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª

SENTENCIA -Nº 306

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

D. Pío Aguirre Zamorano

MAGISTRADOS

Dª. Mª Jesús Jurado Cabrera

D. Enrique del Castillo Rodríguez Acosta

En la Ciudad de Jaén, a treinta y uno de mayo de dos mil uno.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los autos de juicio de Menor Cuantía seguidos en primera instancia con el nº 271 del año 1.998 a los que fueron acumulados los Autos de Juicio de Cognición n0 103/99, por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Martos, rollo de apelación de esta Audiencia nº 606 del año 2.000, a instancia de Dª. Marí Jose y Dª. Carina , representadas ante este Tribunal, como apeladas, por la Procuradora Sra. Saavedra Pérez y defendidas por el Letrado Sr. Pérez Morente, contra Dª. Marisol , representada ante el Tribunal, como apelante por el Procurador Sr. Méndez Vilchez y defendida por el Letrado Sr. Alcalá Pérez.

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Martos, con fecha 21 de septiembre de 2.000.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada, se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que estimando la demanda de menor cuantía formulada por la representación procesal de Dª. Marí Jose y Dª. Carina contra Dª. Marisol debo declarar y declaro el derecho que asiste a las mismas para pedir la disolución del condominio existente sobre la finca registral nº NUM000 del Registro de la Propiedad de Martos; debiendo declarar y declarando igualmente que salvo acuerdo de adjudicación y compensación a metálico, se venda la finca en pública subasta con admisión de licitadores extraños y se reparta su precio entre las litigantes, en proporción a sus cuotas de titularidad, dejándose dicho trámite para ejecución de sentencia previa valoración pericial de la finca; debiendo condenar y condenando a Dª. Marisol a abonar a cada una de las actoras la cantidad de 6.427 pts respectivamente en concepto de rentas percibidas por el uso indebido e ilegítima utilización de la mitad indivisa de la finca rústica propiedad privativa de las actoras.-Que estimando la excepción de cosa juzgada formulada por la representación procesal de Dª. Marí Jose y Dª. Carina , debo desestimar y desestimo la demanda reconvencional y la demanda de cognición formuladas por la representación procesal de Dª. Marisol contra Dª. Marí Jose y Dª. Carina y contra terceros que pudieran tener algún derecho o resultar perjudicados por la nulidad y consiguiente cancelación de la inscripción quinta practicada con fecha 17 de septiembre de 1998 en el Registro de la Propiedad de Martos respecto de la finca registral nº NUM000 del Ayuntamiento de Porcuna, absolviendo a las mismas de las pretensiones contra ella deducidas; todo ello con expresa condena en costas a la Sra. Marisol ".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se interpuso por la demandada, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Martos, que acordó la remisión de los autos a esta Audiencia, previo emplazamiento de las partes para comparecer ante la misma.

TERCERO

Recibidos los autos ante este Tribunal, se acordó la formación del correspondiente rollo, que se registrará el mismo, y habiéndose personado en forma y tiempo oportuno las partes, convenientemente instruidas por su orden, así como el Magistrado Ponente, se acordó tuviera lugar la vista el día 28 de mayo de 2.001, cuyo día comparecieron las partes ante este Tribunal, solicitando el apelante la revocación de la sentencia apelada, dictándose otra de acuerdo con sus pretensiones deducidas en la reconvención y demanda de nulidad formuladas, alegando como motivo de impugnación el error en la apreciación de las pruebas, entendiendo que había adquirido la finca por usucapión, con imposición de costas a la otra parte, y por el apelado se solicita la confirmación de la sentencia recurrida, con imposición de costas a la parte contraria por sus propios fundamentos.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

Siendo Ponente la Magistrada Dª. Mª Jesús Jurado Cabrera.

ACEPTANDO los fundamentos de derecho de la resolución impugnada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Dictada sentencia en la instancia por la que se estima íntegramente la demanda y se desestima la reconvención formulada de contrario, se recurre por la parte demandada que en la vista del recurso expuso los motivos de impugnación, reproduciendo lo ya alegado en la instancia, solicitando en definitiva la desestimación de la demanda y la estimación de la reconvención formulada, insistiendo respecto a lo primero sobre la falta de acreditación del dominio y respecto a la segunda la usucapión operada a favor de la demandada por el transcurso del tiempo.

Debe por tanto examinarse qué tipo de acción se ejercita para poder determinar si concurre la legitimación activa de la parte actora, es decir la existencia del título de dominio, respecto de la mitad de la finca detallada en la demanda, y en el que se ampara para ejercitar una la división de la cosa común, con las consecuencias derivadas de la misma, y en segundo lugar, si se ha producido la usucapión alegada por la demandada, sobre la que se apoya en su demanda reconvencional, al igual que en la demanda planteada solicitando la nulidad del título y de la inscripción registral a favor de los actores, que dio lugar ala tramitación del juicio de cognición nº 103/99, que fue acumulado a estos autos; respecto a lo cual, la sentencia de instancia estima la demanda, entendiendo que está absolutamente acreditado...

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