SAP Barcelona 297/2007, 20 de Abril de 2007
Ponente | PAULINO RICO RAJO |
ECLI | ES:APB:2007:3181 |
Número de Recurso | 123/2007 |
Número de Resolución | 297/2007 |
Fecha de Resolución | 20 de Abril de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 12ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE
BARCELONA
SECCIÓN Duodécima
ROLLO Nº 123/2007 -A
PROCEDIMIENTO ORDINARIO NÚM. 525/2006
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 57 BARCELONA
S E N T E N C I A Nº 297/2007
Ilmos. Sres.
D. PAULINO RICO RAJO
Dª. Mª JOSÉ PÉREZ TORMO
D. ENRIQUE ALAVEDRA FARRANDO
En la ciudad de Barcelona, a veinte de abril de dos mil siete
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Duodécima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento ordinario, número 525/2006 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 57 Barcelona, a instancia de D. Narciso, representado por el Procurador D. JAUME GUILLEM RODRIGUEZ, y dirigido por la Letrada Dª. Elena Jiménez Sánchez, contra Dª. Soledad, representada por la Procuradora Dª. CARMEN RAMI VILLAR, y dirigida por la Letrada Sra. Romero Carrillo; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la DEMANDADA contra la Sentencia dictada en los mismos el día 10 de noviembre de 2006, por la Juez del expresado Juzgado.
Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando íntegramente como estimo la demanda formulada por la representación procesal de D. Narciso contra DÑA. Soledad, debo declarar y declaro disuelta la comunidad de bienes existente sobre la vivienda sita en Barcelona, calle DIRECCION000 nº NUM000. NUM001 y c/ DIRECCION001, nº NUM002, NUM003 NUM008, finca inscrita en el Registro de la Propiedad nº 12 de Barcelona, tomo NUM004, libro NUM005 de San Gervasio, folio NUM006, finca nº NUM007 ; sin que la disolución perjudique el derecho de uso establecido a favor de la Sra. Soledad por el convenio regulador de 11 de mayo de 1.994, aprobado por sentencia de separación matrimonial de 1 de septiembre de 1.994, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 19 de Barcelona, y por sentencia de divorcio de 7 de marzo de 1.997 del mismo Juzgado. Y, declarando que la mencionada finca es indivisible, deberá procederse a la venta de la misma en pública subasta con admisión de licitadores extraños, advirtiéndose expresamente en la convocatoria que la venta no perjudicará los legítimos derechos de uso de Dña. Soledad, repartiéndose el precio obtenido por mitad entre D. Narciso y Dña. Soledad. Se imponen a la demandada las costas causadas en este procedimiento".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte DEMANDADA mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 29 de marzo de 2007.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. PAULINO RICO RAJO.
Contra la Sentencia dictada en fecha 10 de noviembre de 2006 por el Juzgado de Primera Instancia nº 57 de Barcelona en el juicio ordinario registrado con el nº 525/2006 seguido a instancia de Don Narciso contra Doña Soledad, que, con estimación de la...
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