Orden de 24 de marzo de 2004 de la Consejería de Presidencia, por la que se distribuye el Fondo de Cooperación Municipal para el año 2004, entre los municipios de la región menores de 50.000 habitantes, con cargo al programa de gastos 444A, sección 11, servicio 03, con número de proyecto 31.623 para el subconcepto presupuestario 76805, y con...

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejeria de Presidencia
Rango de LeyOrden

La Ley 6/ 1988, de 25 de Agosto, de Régimen Local de la Región de Murcia, establece que los órganos de la Comunidad Autónoma dirigirán su actuación a asegurar el establecimiento y adecuada prestación integral en la totalidad del territorio regional, en función de los principios de solidaridad y equilibrios intermunicipales.

Para ello la Ley 10/ 2003, de 23 de diciembre (B. O. R. M. 31-12-2003), de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2004, incluye en el Programa 444A y Subconcepto 76805 (proyecto n.º 31623), la cantidad de 972.150,52 euros que, como transferencias de capital a las Corporaciones Locales, tiene por objeto contribuir a la corrección de los desequilibrios y deficiencias deequipamiento intermunicipales.

Igualmente en el mismo Programa, también como Fondo de Cooperación Municipal, figura el Subconcepto 46805 (proyecto n.º 31633), distribuido a Municipios de 5.000 a 50.000 habitantes y dotado con 3.331.377,18 euros y el Subconcepto 46807 (proyecto n.º 31634) con una asignación de 697.384 euros distribuida a los Municipios de menos de 5.000 habitantes, en estos dos casos destinados a subvencionar Gastos Corrientes de diversa índole, con excepción de los Capítulos Iy IV de los respectivos Presupuestos Municipales.

Se prevé el pago anticipado hasta el total del importe de la subvención concedida, conforme al artículo 66.3 del Decreto Legislativo 1/ 1999, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, con la finalidad de asegurar la adecuada prestación de los servicios municipales, facilitando la ejecución de la acción subvencionada y su pago, ya que en muchos casos la subvención financia el total del gasto con la pretensión de aliviar tensiones en las tesorerías municipales, lo que fue motivo originario de estas líneas de subvención.

Dichas consignaciones presupuestarias se distribuyen entre los municipios de la Región de menos de 50.000 habitantes, de acuerdo con el siguiente proceso:

Capítulo 7.- Para la presente anualidad se han mantenido los criterios de reparto del ejercicio anterior, no habiéndose experimentado incremento alguno en las cantidades a percibir por los municipios afectados.
Capítulo 4.- Se han producido los siguientes incrementos respecto del ejercicio 2003: Artículos 1 a 6
  1. Municipios de 5.000 a 50.000 habitantes:

    el incremento ha sido del 4'87%, para todos los que conforman este conjunto.

  2. Municipios menores de 5.000 habitantes, el incremento ha representado el 15'82% de forma lineal para todos y cada uno de los Municipios integrantes de este grupo.

    Estos criterios han venido siendo consensuados en el seno...

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