SAP Santa Cruz de Tenerife 188/2007, 21 de Mayo de 2007

PonenteMODESTO VALENTIN ADOLFO FERNANDEZ DEL VISO BLANCO
ECLIES:APTF:2007:1196
Número de Recurso39/2007
Número de Resolución188/2007
Fecha de Resolución21 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 188/2007

Rollo nº 39/2007

Autos nº 516/2006

Jdo. 1ª Inst. nº 7 de Santa Cruz de Tenerife

Iltmos. Sres.

Presidente:

D. JOSÉ RAMÓN NAVARRO MIRANDA

Magistrados:

D. EUGENIO SANTIAGO DOBARRO RAMOS

D. MODESTO BLANCO FERNÁNDEZ DEL VISO

En Santa Cruz de Tenerife, a veintiuno de mayo de dos mil siete.

Visto por los Iltmos. Sres. Magistrados arriba expresados el presente recurso de apelación interpuesto por la parte demandante don Carlos Daniel, contra la sentencia dictada en los autos nº 516/2006, divorcio, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Santa Cruz de Tenerife, promovidos por don Carlos Daniel, representado por el Procurador doña Gloria Oramas Reyes y asistido por el Letrado Francisco Javier Pérez Rodríguez contra doña Cristina, representada por el Procurador doña Eulalia Raya Pastor y asistida por el Letrado don Ramiro Negrín Martín; han pronunciado, en nombre de S.M. EL REY, la presente sentencia siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MODESTO BLANCO FERNÁNDEZ DEL VISO, con base en los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos indicados la Iltma. Sra. Magistrado Juez Dña. María Dolores Aguilar Zoilo, dictó sentencia el veinte de septiembre de dos mil seis, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO: Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Oramas, en nombre y representación de Carlos Daniel, contra Cristina y debo declarar y declaro la disolución del matrimonio de los cónyuges, acordando las siguientes medidas:

1.- Quedan revocados los poderes y consentimientos que los cónyuges se hubieren otorgado.

2.- Queda disuelta la sociedad de gananciales.

3.- Se atribuye a la esposa el uso y disfrute del hogar que fue conyugal con todos sus enseres y mobiliario.

4.- Se fija pensión compensatoria para la esposa en importe mensual de 600 € a ingresar en la cuenta corriente que designe la esposa en los cinco primeros días de cada mes y revisables anualmente conforme al IPC.

Todo lo anterior lo es sin hacer especial condena en costas a ninguna de las partes.

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes en legal forma, por la representación de la parte demandante, se preparó recurso de apelación, se interpuso el mismo, evacuándose el respectivo traslado, formulando oposición, remitiéndose seguidamente las actuaciones a esta Sección.

TERCERO

Iniciada la alzada y seguidos todos sus trámites, se señaló día y hora para la votación y fallo, que tuvo lugar el día 15 de mayo de 2007.

CUARTO

En la...

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