ORDEN PAT/1069/2007, de 29 de mayo, por la que se convocan las pruebas selectivas para el ingreso (turno libre y de personas con discapacidad) en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Inspectores de Consumo, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y para la constitución de la bolsa de empleo de este Cuerpo.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyOrden

ORDEN PAT/1069/2007, de 29 de mayo, por la que se convocan las pruebas selectivas para el ingreso (turno libre y de personas con discapacidad) en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas,

Escala de Inspectores de Consumo, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y para la constitución de la bolsa de empleo de este Cuerpo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 21/2007, de 8 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2007, y en la Orden PAT/383/2007, de 9 de marzo, por la que se establecen las bases comunes que regirán la gestión de los procesos selectivos del personal derivados de la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2007 (publicados en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' de 9 y 12 de marzo, respectivamente), con el fin de atender las necesidades de personal de esta Administración Regional, la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, en uso de las competencias que le atribuye el artículo 7.2.k) de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León ('Boletín Oficial de Castilla y León' de 31 de mayo),

ACUERDA Convocar las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Inspectores de Consumo, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y para la constitución de su bolsa de empleo, con sujeción a las siguientes BASES Primera. Normas generales.

1.1. Se convocan las pruebas selectivas para cubrir 5 plazas en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Inspectores de Consumo, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León de acuerdo con la siguiente distribución:

  1. 4 plazas para el turno de acceso libre.

  2. 1 plaza reservada a personas con discapacidad, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

    1.2. En el supuesto de que no se cubra la vacante del turno de personas con discapacidad, no se acumulará a las ofertadas en el turno libre.

    1.3. Los aspirantes únicamente podrán participar en uno de los turnos establecidos.

    1.4. La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en: la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León; en el Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal y de Provisión de Puestos de Trabajo de los Funcionarios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en lo que no contravenga a las precitadas Leyes; en el Decreto 21/2007, de 8 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2007; en la Orden PAT/383/2007, de 9 de marzo, por la que se establecen las bases comunes que regirán la gestión de los procesos selectivos del personal derivados de la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2007, así como en las bases de la presente Orden.

    1.5. El programa de estas pruebas selectivas es el que figura en el Anexo I.

    1.6. El procedimiento de selección de los aspirantes del turno libre será el de oposición y estará formado por los cuatro ejercicios que a continuación se indican, siendo los tres primeros eliminatorios y el cuarto optativo y de mérito.

    Primer ejercicio. Consistirá en el desarrollo por escrito de dos temas sobre materias relacionadas, pero no coincidentes, con los temas del programa que figura en el Anexo I, uno de los cuales se referirá a los temas del Grupo 1.º (materias comunes) y el otro a los del Grupo 2.º (materias específicas). El tiempo máximo para su realización será de dos horas.

    El ejercicio será leído por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal que valorará los conocimientos, la capacidad de análisis, el orden y la claridad de las ideas desarrolladas, así como la corrección de la exposición escrita. Una vez finalizado el primer tema o transcurridos diez minutos de la lectura, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

    Segundo ejercicio. Consistirá en redactar tres temas extraídos al azar por el Tribunal de los que uno pertenecerá al Grupo 1.º y los otros dos al Grupo 2.º del programa. El tiempo máximo para su realización será de tres horas.

    El ejercicio será leído por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal. Transcurridos diez minutos de la lectura, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente. Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas en relación con las materias expuestas y solicitar aclaraciones sobre las mismas durante un plazo máximo de diez minutos.

    Tercer ejercicio. Consistirá en la resolución de un supuesto práctico, a elegir por el aspirante de entre los dos que proponga el Tribunal, relacionado con el grupo de materias específicas del programa. Para su resolución los opositores dispondrán de un plazo máximo de tres horas.

    El ejercicio será leído por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal. Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas en relación con las materias expuestas y solicitar aclaraciones sobre las mismas, durante un plazo máximo de diez minutos.

    Cuarto ejercicio: Voluntario y de mérito. Consistirá en la traducción, directa y sin diccionario, de un texto propuesto por el Tribunal durante un tiempo máximo de cuarenta minutos. El ejercicio versará sobre el idioma francés o inglés, a elección del aspirante que deberá indicar en la solicitud el idioma por el que opta.

    1.7. El procedimiento selectivo deberá resolverse en el plazo máximo de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.

    Segunda. Constitución de la bolsa de empleo.

    2.1. De conformidad con lo dispuesto en el apartado segundo del artículo 43 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, se constituirá la bolsa de empleo del Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Inspectores de Consumo, de la Administración de Castilla y León en la que se integrarán preferentemente los aspirantes que, habiendo manifestado su voluntad de acceder a ésta en su solicitud, y habiendo aprobado alguno de los ejercicios de carácter eliminatorio del proceso selectivo, no hubieran superado el último con puntuación suficiente para obtener plaza de funcionario de carrera.

    Igualmente formarán parte de la bolsa de empleo quienes, habiendo manifestado su voluntad de acceder a ésta en su solicitud, no hayan superado ningún ejercicio de la fase de oposición y hayan obtenido en el primero una calificación superior a 0 puntos.

    2.2. Los aspirantes podrán manifestar su voluntad de acceder a la bolsa de empleo para una sola provincia.

    2.3. El orden de prelación de los aspirantes que constituyan la bolsa de empleo se establecerá según el número de ejercicios eliminatorios superados y entre aquellos que hubieren superado igual número de ejercicios, en virtud de la puntuación global obtenida en los mismos.

    La prelación entre aquellos que no hubieran superado ninguno de los ejercicios eliminatorios se establecerá según la puntuación obtenida en el primero de ellos.

    En caso de empate en la puntuación obtenida por varios aspirantes éste se deshará por orden alfabético, comenzando por la letra que determina el orden de actuación de los aspirantes en el proceso selectivo.

    No obstante, tendrán derecho de llamamiento preferente los aspirantes integrados en la bolsa en el turno de reserva a personas con discapacidad igual o superior al 33% en los términos establecidos en la Orden citada en el apartado siguiente de esta base.

    2.4. La gestión y funcionamiento de la bolsa de empleo se ajustará a lo dispuesto en la Orden PAT/384/2007, de 9 de marzo, por la que se establece el procedimiento de gestión y funcionamiento de las bolsas de empleo derivadas de las pruebas selectivas para ingreso en los cuerpos, escalas y especialidades de funcionarios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

    Tercera. Requisitos de los aspirantes.

    Además de los requisitos establecidos en la precitada Orden PAT/383/2007, de 9 de marzo, para ser admitido a...

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