DECRETO 145/2009, de 19 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas dirigidas a las Organizaciones Profesionales Agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la elaboración y desarrollo de planes de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el medio rural, y se establece la convocatoria para el ejercicio 2009.

Fecha de Entrada en Vigor26 de Junio de 2009
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Agricultura y Desarrollo Rural
Rango de LeyDecreto

Las desigualdades que actualmente soportan las mujeres trabajadoras en las empresas agrícolas, se asemeja a las de otras empresas que han estado fuertemente masculinizadas, pero con una diferencia muy significativa, y es que las mujeres del medio agrario han trabajado y trabajan desde siempre en el desarrollo económico rural pero sin el reconocimiento y la visibilización que ha tenido la población masculina, considerando este trabajo una prolongación del trabajo doméstico, culturalmente asignado.

Estas desigualdades, se encuentran latentes en la mayoría de las partes implicadas en el desarrollo de la economía y productividad agraria, como son las Organizaciones Profesionales Agrarias, a través de acciones cotidianas y discriminatorias soportadas culturalmente y que apenas se visibilizan, a la vez que merman toda oportunidad de igualdad de trato para las mujeres, en relación con los hombres, impidiendo el aprovechamiento del capital humano que podrían aportar las mismas y configurándose como un factor que incide negativamente en el aumento de la productividad de las mismas Organizaciones Profesionales Agrarias.

Este es un problema social, cultural y económico que implica la necesidad de seguir trabajando y promoviendo un cambio de actitudes en las personas, para que los principios de igualdad y no discriminación lleguen a ser una realidad. La participación de la mujeres en organizaciones laborales se pone de relieve en aspectos como la segregación horizontal y vertical, la temporalidad, las diferencias en las retribuciones según sexo, la desvalorización del trabajo desempeñado por las mujeres, la falta de promociones dentro de las empresas, los escasos puestos directivos para mujeres dentro de las organizaciones, la falta de demandas de conciliación familiar dentro de las empresas..., todo ello según publicaciones contrastadas.

Asimismo, la integración de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en las organizaciones laborales es una estrategia de los recursos humanos por la cual las empresas muestran cada día más inquietud, principalmente por:

  1. Los avances legislativos promovidos por la Unión Europea, el Estado Español y las Comunidades Autónomas, que apoyan y en ocasiones exigen el desarrollo de planes de igualdad en las empresas.

  2. Los cambios en el mercado global y el mercado de trabajo que exigen de las empresas nuevas formas de gestión que garanticen la competitividad y la calidad en las organizaciones.

En la actualidad nos asiste un amplio acervo legislativo e instrumentos donde se articulan medidas encaminadas a conseguir la igualdad real y efectiva, entre mujeres y hombres en todas y cada una de las esferas de la vida. En cuanto a empresas, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, establece varios aspectos que todas empresas, tienen que aplicar. En este sentido, en el artículo 45 se establece que las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito

laboral y deben de adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que deberán negociar, en su caso acordar con los representantes legales de las y los trabajadores en la forma que determine la legislación laboral.

Del mismo modo en los artículos 9 y 14 de nuestra Carta Magna, así como en el artículo 6 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, se recoge el principio de igualdad entre mujeres y hombres, alcanzándose así la igualdad formal, dirigido a los poderes públicos para que promuevan las condiciones para que la libertad, la igualdad y la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social, sean reales y efectivas, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de sexo.

Igualmente, en el III Plan para la Igualdad de Oportunidades de las Mujeres de Extremadura 2006-2009, en el área 4, como objetivo 2, se prevé el desarrollo de programas de promoción de la igualdad de oportunidades en empresas.

Pero aún existiendo el pleno reconocimiento de la igualdad formal ante la ley, aún habiendo comportado, sin duda, pasos decisivos, ha resultado ser insuficiente. Así la mujeres, hoy en día siguen sufriendo discriminación por razones de sexo, lo que repercute en las condiciones de acceso al trabajo y en las condiciones laborales en relación con sus compañeros, los hombres.

En el sector cooperativo agrario y agroalimentario la situación de la mujer se expresa en una baja representatividad de ésta en los órganos de máxima decisión, un mejor comportamiento en su participación como socias y un porcentaje escaso de total de empleadas en las Organizaciones.

Para ello, desde la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural se considera imprescindible contar con las Organizaciones Profesionales Agrarias, por ser las que defienden los intereses de los y las profesionales del sector, fomentando la participación de las mismas en la ejecución y promoción de la política agraria en colaboración con los poderes públicos autonómicos y a su vez orientando y asesorando a los/las profesionales agrarios/as en sus actividades. Asimismo, son las que mejor conocen la realidad socio-laboral de las mujeres dentro de las mismas organizaciones profesionales agrarias y las diferencias latentes en cuanto a las condiciones de discriminación en el trabajo que tienen las mujeres por razón de sexo.

Los planes de igualdad en empresas se constituyen como herramientas necesarias e imprescindibles para luchar contra toda clase de discriminación, que por razón de sexo, sufren las mujeres extremeñas dentro de las empresas, lo que supone un proceso general en el que se establece el compromiso del equipo directivo para la formación en igualdad de oportunidades, la participación de la representación sindical, la asistencia técnica especializada en igualdad y garantizar la información continua sobre el proceso. Además, se debe definir el calendario de acciones del plan, identificar a las personas responsables, describir indicadores, realizar un seguimiento del plan, así como flexibilidad para readaptar o corregir el plan y comunicar los resultados a todas las personas implicadas.

De conformidad con lo establecido en el Decreto del Presidente 10/2008, por el que se modifica el Decreto del Presidente 17/2007, de 30 de junio, por el que se distribuyen las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y el Decreto 195/2008, de 26 de septiembre, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, corresponden a la Dirección General de Desarrollo Rural las funciones en materia de desarrollo rural en general y, particularmente, las funciones de diseño, elaboración y coordinación de proyectos y programas, y la gestión y coordinación de fondos europeos e iniciativas comunitarias en materia de

desarrollo rural, siempre que no estén específicamente atribuidas a otros órganos. En este sentido, se hace necesario la elaboración el presente Decreto en el que se regule el procedimiento a seguir en la concesión de estas prestaciones a las Organizaciones profesionales agrarias beneficiarias, adaptándolo al ámbito competencial propio de esta Consejería.

Por lo expuesto, a propuesta del Consejero de Agricultura y Desarrollo Rural y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión de 19 de junio de 2009,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.
  1. El presente Decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a las Organizaciones Profesionales Agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, definidas conforme el artículo 3, para la elaboración y desarrollo de planes de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el medio rural.

  2. El ámbito de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR