AAP Valencia 45/2008, 25 de Febrero de 2008

PonenteJOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO
ECLIES:APV:2008:54A
Número de Recurso24/2008/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución45/2008
Fecha de Resolución25 de Febrero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 7ª

45/2008

2

Rollo 24/08

Rollo nº 000024/2008

Sección Séptima

AUTO Nº 45

SECCION SEPTIMA

Ilustrísimos/as Señores/as :

Presidente/a:

Dª. Mª CARMEN ESCRIG ORENGA

Magistrados/as:

D. JOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO

Dª. PILAR CERDAN VILLALBA

En Valencia a veinticinco de febrero de dos mil ocho.

Vistos, ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación los autos de Diligencias Preliminares - 001140/2007 seguidos a instancias de D. Germán, como demandante- apelante, dirigido por el/la letrado/a D/Dª. Mª. CRISTINA SUBIELA ESCRIBA y representado por el/la Procurador/a D/Dª GEMA MARTINEZ ALEJOS.

Es Ponente el/la Ilmo/a. Sr/Sra. Magistrado/a D/Dª. JOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO.

HECHOS
PRIMERO

En las expresadas actuaciones y con fecha 18 de octubre de 2.007 se dictó auto cuya parte dispositiva dice: " Se rechaza la solicitud presentada por el Procurador Sr/a. Martínez Alejos, Gema en nombre y representación de Germán, de practicar como diligencia preliminar ".

SEGUNDO

Contra dicho auto, por la representación del actor se interpuso recurso de apelación, que fue admitido, remitiéndose los autos a esta Audiencia donde se ha tramitado el recurso señalándose para la Votación y Fallo el día 20 de febrero de 2.008, fecha en la que ha tenido lugar.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La parte demandante solicitó que se acordara la diligencia preliminar de practicar las oportunas diligencias de averiguación de la identidad de los padres de tres menores de edad que, supuestamente, fueron los autores de un incendio en un vehiculo que causó daños materiales en el establecimiento del que es titular el demandante. Se siguieron por la Fiscalía de Menores las diligencias informativas nº 8611/06 que fueron archivadas al ser los autores menores de 14 años y no tener ningún tipo de responsabilidad de acuerdo con la LO 5/2000. El Juzgador de instancia desestimó la solicitud al considerar que no estaba contemplada entre las enumeras en el articulo 256-1 de la LEC.

Se admite que la diligencia preliminar interesada no esta catalogada en el articulo 256-1 de la LEC, aunque podría tener cierta analogía con la prevista en el epígrafe 1º al pretender conocer un dato relativo a la capacidad, representación o legitimación de la persona contra la que se dirigirá la demanda, aunque por circunstancias obvias no puede dirigirse contra un menor de edad, de ahí que sea necesario conocer la identidad de sus padres para poder instar la acción de reclamación...

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