AAP Zaragoza 45/2012, 31 de Enero de 2012
Ponente | FRANCISCO JAVIER CANTERO ARIZTEGUI |
ECLI | ES:APZ:2012:116A |
Número de Recurso | 4/2012 |
Procedimiento | RECURSO VIGILANCIA PENITENCIARIA |
Número de Resolución | 45/2012 |
Fecha de Resolución | 31 de Enero de 2012 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
ZARAGOZA
AUTO: 00045/2012
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de ZARAGOZA
Domicilio: C/ COSO, 1
Telf: 976 208 367
Fax: 976 208 787
N.I.G.: 50297 39 2 2012 0103542
ROLLO: RECURSO VIGILANCIA PENITENCIARIA 0000004 /2012
Juzgado procedencia: JDO. VIGILANCIA PENITENCIARIA N. 1 de ZARAGOZA Procedimiento de origen: PERMISOS DENEGADOS 0000642 /2011 RECURRENTE: Arcadio
Letrado/a: FELIPE LAFUENTE HUERTA
AUTO Nº 45/2.012
ILMOS. SEÑORES:
PRESIDENTE
D. JULIO ARENERE BAYO MAGISTRADOS
D. ANTONIO ELOY LÓPEZ MILLÁN
D. FRANCISCO JAVIER CANTERO ARÍZTEGUI
En la ciudad de Zaragoza, a treinta y uno de Enero de dos mil doce.
Por auto de fecha 23 de Septiembre de 2.011 la Ilma. Sra. Magistrada-Juez de Vigilancia Penitenciaria nº 1 de Aragón, dictó auto por el que, desestimaba la queja de Arcadio, interno en el centro penitenciario de Zaragoza.
Contra dicha resolución el interno interpuso recurso de reforma que fue desestimado por auto de fecha 30 de Octubre de 2.011, y, notificado, se interpuso recurso de apelación.
Tramitado procesalmente, se elevaron las actuaciones a esta Audiencia, Sección Primera, se formó rollo de apelación nº 4/2.012, se nombró Magistrado Ponente al Sr. Cantero Aríztegui, y se cumplieron los trámites pertinentes, señalándose para la resolución del recurso el día 26 de Enero de 2.012, en el que tuvo lugar quedando las actuaciones para la resolución del Tribunal previa deliberación.
Aun cuando el interno cumplió las # partes de condena el 23 de Noviembre de 2011, es lo cierto que dada la problemática que presenta de trastorno de personalidad, y el tipo de delito cometido, la inexistencia de domicilio de acogida, habida cuenta la paralización del previsto, ante el riesgo que supone la falta de control, hace que en este momento, el recurso deba ser desestimado.
- Las costas de esta alzada deben declararse de oficio.
VISTOS los preceptos legales aplicables.
DESESTIMAR el recurso de apelación formulado por el letrado Sr. Lafuente Huerta, en representación del interno referido, contra auto dictado por la Ilma. Sra. Magistrada Juez de Vigilancia Penitenciaria nº 1 de Aragón con fecha 20 de Octubre de 2011, auto que se confirma íntegramente y, declarar de oficio las...
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