Los diferentes modelos de participación de los intereses colectivos socioeconómicos
Autor | Ignacio Hoces Íñiguez |
Páginas | 103-116 |
IV. LOS DIFERENTES MODELOS DE PARTICIPACIÓN DE LOS
INTERESES COLECTIVOS SOCIOECONÓMICOS
4.1. PRINCIPALES CLASIFICACIONES DOCTRINALES
Al margen de los intereses que aglutinan los partidos políticos, la sociedad ha
tenido, tiene y debe tener la posibilidad de representar sus muy heterogéneos intereses
colectivos en los cauces de decisión pública.
Los partidos políticos vertebran políticamente las sociedades democráticas modernas
y son los protagonistas fundamentales de la democracia representativa. Pero además y
siguiendo la lógica del Estado social, los grupos de intereses socioeconómicos quieren que
se les escuche, ser tomados en consideración. De la misma manera, atendiendo a la plu-
ralidad de intereses que en la sociedad conviven, si quiere el Estado hacer la democracia
más participativa, debe instrumentar cauces a través de los que representar y participar
a los grupos intermedios que articulan dichos intereses. Esos cauces para que los grupos
de interés den a conocer sus objetivos y sus opiniones resultan de lo más variado338.
Sobre los modos que pueden ser utilizados para hacer existentes y presentes a los
intereses colectivos organizados ante los poderes públicos, se han establecido por la
doctrina numerosas clasi caciones. Entre su extensa variedad nosotros destacamos
los que mayor protagonismo han generado.
4.1.1. Cl asificaciones de la dogmática europea
4.1.1.1. Ámbito centroeuropeo
El jurista y abogado francés TROTABAS339 sintetizó en cuatro formas, en los años
sesenta del siglo pasado, las que a su mejor entender eran las vías para satisfacer la
participación de los grupos de intereses socioeconómicos:
338 LOEWENSTEIN, K., op.cit., pág. 424.
339 TROTABAS, L., “Le rôle de la représentation des intérêts professionnels dans la vie politique
française”, en Travaus di VI colloque des facultés de Droit et des Sciences Economiques, Toulouse, mayo
1958, Dalloz, París, 1959, págs. 165 y ss. Nota sacada en DE ESTEBAN, J., “La representación de intereses
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