SAP Barcelona 205/2006, 26 de Abril de 2006
Ponente | LAURA PEREZ DE LAZARRAGA VILLANUEVA |
ECLI | ES:APB:2006:3780 |
Número de Recurso | 842/2004 |
Número de Resolución | 205/2006 |
Fecha de Resolución | 26 de Abril de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA
SECCIÓN PRIMERA
SENTENCIA Nº
Recurso de apelación nº 842/04
Procedente del procedimiento ordinario nº 428/03
Tramitado por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Terrassa (ant.Cl-7)
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona, formada por los Magistrados DÑA. Mª DOLORS PORTELLA LLUCH, DÑA. LAURA PÉREZ DE LAZÁRRAGA VILLANUEVA y DON
ANTONIO RECIO CORDOVA actuando la primera de ellos como Presidente del Tribunal, ha visto el
recurso de apelación nº 842/04 interpuesto contra la sentencia dictada el día 21 de septiembre de
2004, en el procedimiento nº 428/03 tramitado por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Terrassa
(ant.Cl-7), en el que es recurrente YARN S.L., y apelado HILADOS EL MAIGMO S.L., previa
deliberación, pronuncia en nombre de S.M. el Rey de España la siguiente
S E N T E N C I A
Barcelona 26 de abril de 2006
La sentencia antes señalada, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su parte dispositiva lo siguiente: FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador don JAUME IZQUIERDO COLOMER, en nombre y representación de HILADOS EL MAIGMO, SL (antes, HILOS COSEFIL, SL), contra YARN, SL, DEBO CONDENAR Y CONDENO a la expresada demandada a pagar a la actora la cantidad de CINCO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO EUROS CON TRES CÉNTIMOS DE EURO (5.798,03 euros), incrementada con el interés legal del dinero desde el día siguiente al vencimiento de la obligación e imponiendo expresamente a dicha parte demandada las costas generadas.
Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en los que las fundamentan, que se encuentran unidos a los autos.
Fundamenta la decisión del Tribunal la Magistrada Ponente DÑA. LAURA PÉREZ DE LAZÁRRAGA VILLANUEVA.
La parte demandada recurre la sentencia dictada en primera instancia, alegando al efecto y en primer lugar la excepción de falta de legitimación >, excepción que fundamenta en la circunstancia de que la actora es una sociedad que ha sido declarada en quiebra sin que haya comparecido en forma en este procedimiento porque el poder para pleitos fue otorgado por el Comisario de la quiebra, poder que es nulo porque no es el mismo quien ostenta la representación de la actora sino el depositario.
Atendidas al anteriores alegaciones, a las que se opone la demandante, hay que poner de manifiesto que la demanda fue interpuesta por la entidad Hilos Cosefil, S.L. en fecha 22 de abril de 2.003, demanda a la que se aportaron los...
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