STSJ Galicia , 19 de Octubre de 2005

PonenteBENIGNO LOPEZ GONZALEZ
ECLIES:TSJGAL:2005:2036
Número de Recurso275/2005
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Octubre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO DE APELACIÓN 0000275 /2005 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:

SENTENCIA N° 776 / 2005 Ilmos. Sres.

DON BENIGNO LÓPEZ GONZÁLEZ-PTE.

DON FERNANDO SEOANE PESQUEIRA DOÑA MARÍA DOLORES GALINDO GIL En la Ciudad de La Coruña, a diecinueve de octubre de dos mil cinco.

En el recurso RECURSO DE APELACIÓN 0000275 /2005 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por CONSELLERIA DE ECONOMÍA E FACENDA, contra la Sentencia de fecha veinticuatro de mayo de dos mil cinco dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Uno de Lugo . Es parte apelada David .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El presente recurso de apelación se interpone contra la Sentencia de fecha 24 de mayo de 2.005 dictada por el Juzgado de lo contencioso-administrativo número Uno de Lugo en el procedimiento abreviado que con el número 2 74/04 se sigue en dicho Juzgado y en cuya parte dispositiva se acordó: "que estimo parcialmente la demanda interpuesto por el procurador D. Jacobo Várela Puga, en representación de D. David , contra Resolución de fecha 26- 12-2003 del Conselleiro de Economía y Hacienda, que desestima el recurso de alzada interpuesto por el recurrente, como recaudador de zona de Lugo, contra la resolución de la Dirección General de Tributos, de fecha 7-7-2003, por al que se le denegó el abono de la asignación mínima en el año 20 02 pro importe de 19.042,89 euros, y en consecuencia, anulo la misma por no ser ajustada a Derecho, procediendo reconocer el derecho del accionante a la asignación de mínimos por el ejercicio de 2002, si bien en la cuantía de 16.065,88 euros, sin especial imposición de costas".

SEGUNDO; Por la representación de la Administración se presentó escrito ante el Juzgado interponiendo recurso de apelación contra la anterior sentencia, admitido, se acordó remitir las actuaciones a este Tribunal, recibidas en esta Sala, se designó Ponente y quedaron las mismas sobre la mesa para resolver por el turno que corresponda.

TERCERO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Es ponente el Iltmo. Sr. DON BENIGNO LÓPEZ GONZÁLEZ.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Se aceptan los de la resolución recurrida, y

PRIMERO

Por el presente recurso contencioso administrativo se impugna por Don David resolución...

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