DECRETO 5/1985, de 17 de enero, por el que se determinan niveles de complemento de destino a puestos de trabajo adscritos a funcionarios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 29-01-1985 Nº Boletín: 7 / 1985

DECRETO 5/1985, de 17 de enero, por el que se determinan niveles de complemento de destino a puestos de trabajo adscritos a funcionarios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

El Decreto 4/1985 de 17 de enero, prevé la necesidad de fijar para esta Comunidad los niveles correspondientes a los complementos de destino de los distintos puestos de trabajo.

En su virtud, previo informe favorable de la Comisión de Personal de la Comunidad de Castilla y León, a propuesta de los Consejeros de Presidencia y Administración Territorial y Economía y Hacienda, previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 17 de enero de 1985.

DISPONGO:

Artículo 1º A fin de valorar los puestos de trabajo correspondientes a las distintas Jefaturas, deberán tomarse en consideración las siguientes normas:
  1. Los niveles de las distintas Jefaturas se atribuirán a los funcionarios como mínimo de los siguientes grupos:

    ................... Jefaturas .......... Grupo................... ----------------------------------------------------------------- ................ Jefe de Servicio ......... A ................... ................ Jefe de Sección .......... B ................... ................ Jefe de Negociado ........ D ................... ................ Ordenanza Mayor .......... E....................

  2. Con carácter excepcional, cuando las necesidades del Servicio así lo aconsejen y previo informe de la Comisión de Personal, podrán atribuirse las Jefaturas de Servicio y Sección a funcionarios pertenecientes a grupos inmediatamente inferiores a los indicados en el punto anterior.

  3. A las Jefaturas les serán asignados los siguientes niveles:

    ............ Puesto de trabajo ........... Nivel ................ ----------------------------------------------------------------- ........... Jefe de Servicio ........ Entre 26 y 28 ............. ........... Jefe de Sección ......... Entre 20 y 24 ............. ........... Jefe de Negociado ....... Entre 14 y 18 ............. ........... Ordenanza Mayor ......... 10 ........................

    Art. 2º. -Los titulares de puestos de trabajo que no tengan asignado...

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