Decreto 203/2014, de 2 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 149/2012, de 27 de julio, que regula los incentivos destinados a favorecer la contratación de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de Empleo, Mujer y PolÍTicas Sociales
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER Y POLÍTICAS SOCIALES

DECRETO 203/2014, de 2 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 149/2012, de 27 de julio, que regula los incentivos destinados a favorecer la contratación de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo. (2014040231)

El Decreto 149/2012, de 27 de julio, establece incentivos destinados a favorecer la contratación de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

El Decreto 133/2013, de 30 de julio, que modifica el Decreto 149/2012, de 27 de julio, introduce como beneficiarios a grandes empresas y a empresas del sector agrícola, y modifica las cuantías de las ayudas.

La convocatoria vigente finalizo el 8 de agosto de 2014, y se hace necesaria actualizar las bases reguladoras con carácter previo a la próxima convocatoria.

En dicho marco se han aprobado los nuevos Reglamentos (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 (DOUE núm. L352, de 24 de diciembre de 2013), relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis o al Reglamento (UE) n.º 1408/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 (DOUE núm. L352, de 24 de diciembre de 2013) relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis, en el sector de la producción de productos agrícolas.

Por otro lado con la publicación del Real Decreto-ley 3/2014, de 28 de febrero, de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida, resulta necesario adaptar las exclusiones previstas en el artículo 10 del Decreto 149/2012, de 27 de julio.

Asimismo se introduce un nuevo artículo que recoge las posibles causas de modificación de la resolución de concesión, que permiten introducir mayor flexibilidad en el caso de producirse incidencias durante el periodo de obligación de mantenimiento de los puestos de trabajo.

Igualmente se adaptan las bases reguladoras al Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

En virtud de lo expuesto, de conformidad con los artículos 23 h) y 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y 16 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Empleo, Mujer y Políticas Sociales y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión de 2 de septiembre de 2014

DISPONGO

Artículo Único Modificación del Decreto 149/2012, de 27 de julio, por el que se establecen incentivos destinados a favorecer la contratación de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.

Quedan modificados los artículos 4, 5, 7, 10, 13, 16, 18 y 19, y se añade un nuevo artículo 19 bis al del Decreto 149/2012, de 27 de julio, por el que se establecen incentivos destinados a favorecer la contratación de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, que pasan a tener la siguiente redacción:

Uno. Se modifica el artículo 4, "Financiación", que queda redactado en los siguientes términos:

"Artículo 4. Financiación.

  1. Las ayudas reguladas en el presente decreto, se...

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