ORDEN EDU/1702/2008, de 1 de octubre, por la que se convocan ayudas destinadas a financiar la contratación de personal técnico de apoyo a la investigación, a iniciar en 2009.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

ORDEN EDU/1702/2008, de 1 de octubre, por la que se convocan ayudas destinadas a financiar la contratación de personal técnico de apoyo a la investigación, a iniciar en 2009.

La Comunidad de Castilla y León tiene, en virtud del artículo 70.1 23.

de su Estatuto de Autonomía, competencia exclusiva en materia de fomento y desarrollo de la investigación, desarrollo e innovación en coordinación con la investigación científica y técnica estatal.

La Ley 17/2002, de 19 de diciembre, de fomento y coordinación general de la Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+I) en Castilla y León, que tiene por objeto la ordenación y promoción de la investigación científica, el desarrollo y la innovación tecnológica en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, constituye la base jurídica de las actuaciones investigadoras financiadas por la Administración regional.

La Estrategia Regional de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación 2007-2013, recoge en su Programa 3, 'Financiación y apoyo al desarrollo y a la gestión de la I+D+I', como una de sus medidas, la potenciación de los grupos estables de investigación. (Medida I-3.1).

El citado programa tiene entre sus objetivos:

  1. Otorgar estabilidad a la actividad investigadora como base para la mejora de la excelencia.

  2. Mejorar la eficacia y eficiencia de la actividad investigadora a partir de la incorporación de personal de alta cualificación y de personal auxiliar (gestores y técnicos de laboratorio) a los proyectos de investigación de los grupos de investigación regional.

    De acuerdo con dichos objetivos, la Consejería de Educación considera oportuno contribuir a consolidar la actividad investigadora apoyando a los grupos de investigación de Castilla y León con el personal técnico necesario para realizar sus proyectos de investigación, a través de la concesión de ayudas que financien la contratación del citado personal.

    A estos efectos, mediante Orden EDU/1677/2008, de 24 de septiembre ('Boletín Oficial de Castilla y León' de 1 de octubre de 2008) se han establecido las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a financiar la contratación de personal técnico de apoyo a la investigación. De acuerdo con lo previsto en los artículos 9 y 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se procede ahora a realizar la correspondiente convocatoria de ayudas.

    En consecuencia, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 122 de la Ley 7/1986, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en virtud de las atribuciones que confiere la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

    RESUELVO Primero. Objeto.

    1.1. La presente Orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas destinadas a financiar la contratación de personal técnico de apoyo a la investigación, a iniciar 2009.

    1.2. Este personal técnico de apoyo a la investigación deberá ser contratado para colaborar en la ejecución de proyectos de investigación del Programa de Apoyo a Proyectos de Investigación de Castilla y León.

    1.3. La contratación de personal técnico de apoyo a la investigación podrá realizarse en alguna de las siguientes modalidades:

  3. Colaboración en la ejecución de un solo proyecto de investigación.

  4. Colaboración en la ejecución de proyectos de investigación agrupados bajo un coordinador.

    1.4. En cualquiera de las dos modalidades, el técnico de apoyo podrá ir destinado a un servicio central de apoyo a la investigación, en cuyo caso será el director de dicho servicio el que coordine la labor del técnico.

    1.5. En la modalidad b, los proyectos agrupados han de tener la misma duración y pertenecer a una misma convocatoria pública de ayudas del Programa de Apoyo a Proyectos de Investigación.

    Segundo. Dotación presupuestaria.

    2.1. La cuantía global máxima de estas ayudas será de TRESCIENTOS SESENTA MIL EUROS (360.000 ) con cargo a la aplicación presupuestaria 07.04.467B01.74011.0, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2009, y de QUINIENTOS VEINTE MIL EUROS (520.000 ) con cargo a la aplicación que corresponda de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2010.

    2.2. Dichos créditos podrán ser ampliados si las circunstancias lo requieren, mediante la modificación de la presente Orden y la realización de los oportunos trámites de fiscalización.

    2.3. Esta convocatoria está sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de la concesión de las ayudas en el ejercicio correspondiente.

    Tercero. Beneficiarios.

    3.1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas objeto de la presente convocatoria las universidades públicas de Castilla y León, los organismos y centros públicos de investigación y los hospitales universitarios con conciertos vigentes con las universidades de Castilla y León, ubicados en Castilla y León.

    3.2. No podrán solicitarse estas ayudas para colaborar en proyectos de investigación si ya las hayan obtenido al amparo de la Orden EDU/552/2008, de 4 de abril, por la que se realiza convocatoria pública de ayudas destinadas a financiar la contratación de personal técnico de apoyo a la investigación para colaborar en la ejecución de proyectos de investigación del Programa de Apoyo a Proyectos de Investigación de Castilla y León. En el caso de la modalidad b) (colaboración en proyectos de investigación agrupados) de concurrir algún proyecto en las anteriores circunstancias se procederá a su exclusión sin que ello impida por sí solo la inadmisión de la solicitud de ayuda, siempre y cuando no...

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