STSJ Asturias , 15 de Septiembre de 2000

PonenteJOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2000:3209
Número de Recurso3241/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2000
EmisorSala de lo Social

ROLLO Nº: RSU 3241 /1999 45005 AUTOS Nº: 515/99 AVILES-2 SENTENCIA Nº: 1720/00 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ASTURIAS En OVIEDO a quince de setiembre de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de ASTURIAS, siendo el Iltmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Presidente, formando Tribunal los Iltmos. Sres. D. FRANCISCO JAVIER GARCIA GONZALEZ, D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ, Dª CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por Dª. María Consuelo , contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Avilés, ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por Dª. María Consuelo , en reclamación de despido, siendo demandado la empresa Coalfer, S.L. y celebrado el acto del juicio oral, por el mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha veintiseis de octubre de mil novecientos noventa y nueve por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - La demandante, Dª María Consuelo , ha venido prestando servicios por cuenta y orden de la empresa demandada Coalfer, S.L. con antigüedad del 12 de setiembre de 1985, categoría profesional de limpiadora y percibiendo un salario mensual de 39.818 pesetas, incluido prorrateo de pagas extraordinarias.

  2. - La actora suscribió en marzo de 1991 un contrato de trabajo a tiempo parcial de duración determinada celebrado al amparo del R.D. 1999/1984 con la empresa demandada, con la categoría de limpiadora con una jornada semanal de 12 horas semanales para prestar servicios en el centro e trabajo ubicado en Zara-Avilés. En el clausulado de dicho contrato se pactó una duración por tiempo determinado, y como objeto del mismo la limpieza en Zara Sras., extendiéndose su duración hasta el día de la fecha de rescisión del contrato que la empresa Zara mantiene con Coalfer, S.L. 3º - El día 5 de agosto de 1999, la demandante recibe comunicación escrita de la empresa demandada del siguiente tenor literal: "...Habiéndosenos comunicado por parte de Zara, S.A. la rescisión del contrato de mantenimiento de limpieza de sus locales sitos en la C/ Doctor Graiño nº 11- 13 de Avilés por cese de su actividad en los mismos con efectos al 19 de agosto de 1999 quedará rescindido el contrato de obra o servicios que Vd tiene suscrito con nuestra empresa para la realización de estos trabajos y por un horario de 12 horas semanales...".

    Posteriormente la actora recibe de la empresa demandada un telegrama en el que se le participa que los efectos de la extinción comunicada quedan pospuestos al día 28 de agosto al haber comunicado Zara la continuidad de la actividad hasta el día 28.

  3. - El 3 de agosto de 1999 la empresa Zara España, S.A. comunica a la empresa Coalfer, S.L. que el día 19 de agosto procederá al cierre de las instalaciones que hasta el momento venía manteniendo en Avilés, en las tiendas sitas en la Calle Dr. Graiño nº 11-13 (Tienda de Señora y Niño) y en la Avda.

    Fernández Balsera (Tienda de Caballero), finalizando su actividad en las mismas, por lo que en dicha fecha finalizaría el servicio que Coalfer, S.L. venía prestando quedando rescindido el contrato que les unía.

    El día 19 de agosto de 1999 Zara España, S.A. comunica a la empresa demandada el cierre de las tiendas hasta el día 28 de agosto, rescindiéndose el contrato en dicha fecha.

  4. - La empresa Zara España, S.A. adjudicó a Coalfer, S.L. el contrato de mantenimiento de limpieza del centro de trabajo de dicha empresa sito en Avilés, C/ José Cueto 10- 12, con efectos del día 12 de agosto de 1999.

  5. - La demandante desde el día 5 de julio de 1999 se encuentra en situación de incapacidad temporal.

  6. - La actora no ostenta...

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