STSJ Aragón , 3 de Mayo de 2005

PonenteCARLOS BERMUDEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAR:2005:1108
Número de Recurso340/2005
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2005
EmisorSala de lo Social

1 Rollo número 340/2005 Sentencia número 336/2005 P. MAGISTRADOS ILMOS. SRES:

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE En Zaragoza, a tres de mayo de dos mil cinco.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta SENTENCIA En el recurso de suplicación núm. 340 de 2.005 (autos núm. 824/2.004), interpuesto por la parte demandante Dª Estefanía , siendo demandada la DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN (departamento de Educación, Cultura y Deportes), contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 5 de Zaragoza, de fecha 28 de enero de 2.005 , sobre despido. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Dª Estefanía , contra la DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN, sobre despido, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social número 5 de Zaragoza, de fecha 28 de enero de 2.005 , siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Declaro extinguida por caducidad la acción de despido ejercitada por Estefanía y, en consecuencia absuelvo a la entidad demandada DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN -DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES- de la pretensión de la demanda".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del siguiente tenor literal:

"lº.- La demandante Estefanía suscribió el 10 de septiembre de 2003 con la entidad demandada DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN -DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES- un contrato de trabajo de duración temporal, por obra o servicio determinado,para prestar servicios, como

Fisioterapeuta, en el Colegio Público de Educación Especial "Hilarlo Val", con el objeto de "atender las urgentes necesidades que tienen los alumnos motóricos del centro hasta que subsistan las necesidades durante el presente curso escolar, sin que sea posible con la información disponible, concretar la continuidad o no de las necesidades de escolarización en lo sucesivo", previéndose una duración desde el 10/09/2003 hasta "que subsistan las necesidades y como máximo hasta el término de la actividad escolar del Centro, que se prevé el día 18-06-04".

En la misma fecha de 10 de septiembre de 2003 la demandante firmó la recepción de escrito por el que la entidad demandada le comunicaba la denuncia del contrato suscrito "hasta que subsistan las necesidades y como máximo hasta la finalización del curso escolar el 18-06-04, en cuyo momento cesará

Vd. necesariamente en el desempeño de sus funciones sin necesidad de preaviso".

  1. - El Colegio "Hilarlo Val" fue creado por Decreto 208/2003 de 22 de julio del Gobierno de Aragón y por no estar creados los puestos de trabajo al inicio del curso 2003-2004 se contrató a personal, entre ellos la actora, en régimen de derecho laboral y en la modalidad temporal de obra o servicio determinado.

  2. - El día 18 de junio de 2004 cesó la actividad escolar del Centro, acudiendo la actora al Colegio el siguiente día laboral 21 de junio para continuar en la prestación de servicios, comunicándole entonces el Director del Centro, tras haber formulado consulta, que su contrato de trabajo había finalizado el 18 anterior y que no acudiese al colegio, pero como la demandante le expresase su voluntad de quedarse en el centro y seguir prestando servicios, le permitió que permaneciese en una dependencia del centro sin realizar tarea alguna, manteniéndose esa situación hasta el fin de mes en que cerró el Colegio.

  3. - El 28 de junio de 2004 la demandante formuló reclamación previa ante la entidad demandada en solicitud de que se declarase la fijeza o el carácter indefinido de la relación laboral; habiendo interpuesto el 04/08/2004...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR