SAP Murcia 82/2006, 3 de Septiembre de 2006

PonenteJAIME GIMENEZ LLAMAS
ECLIES:APMU:2006:2099
Número de Recurso378/2006
ProcedimientoAPELACION JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución82/2006
Fecha de Resolución 3 de Septiembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00082/2006

SENTENCIA Nº 82/06

En la Ciudad de Murcia, a tres de septiembre del año dos mil seis.

El Ilmo. D. Jaime Giménez Llamas, Magistrado de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Ciudad, ha visto en grado de apelación el presente Rollo formado con el número 378/06, por virtud del recurso interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº Uno de Mula, en procedimiento de Juicio de Faltas número 23/06, seguido por desobediencia, en el que han sido partes, como denunciante don Franco, asistido del Letrado Sr. Alejo Morales, como denunciada doña Antonia, asistida del Letrado Sr. López Pinar y como acusación pública el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 31 de marzo de 2.006 y en el Juicio de Faltas registrado bajo el número 23/06, el Juzgado referido dictó sentencia en la que se declaran hechos probados los siguientes: "UNICO.- Que el día 15 de octubre de 2005, sobre las 10,00 horas, el denunciante D. Franco, se personó en el domicilio de su exmujer Antonia, al objeto de recoger a su hija Marcelina, tal y como se encuentra establecido en la sentencia de separación, no pudiendo llevársela, al no contestar nadie en la vivienda, pese a llamar en repetidas ocasiones, no pudiendo contactar con la denunciada"

En su parte dispositiva, dicha resolución, transcrita en lo que interesa, dice así: "FALLO: Que debo condenar y condeno a Antonia como autora responsable de una falta de desobediencia prevista y penada en el artículo 622 del Código Penal, a la pena de MULTA DE UN MES con cuota diaria de SEIS Euros (multa de 180 Euros); así como al pago de las costas procesales si las hubiere."

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, por Antonia se interpuso recurso de apelación. Del mismo se dio traslado a la parte contraria y al Ministerio Fiscal que se opusieron al mismo, adhiriéndose, además, el Sr. Franco. Tras dicho trámite se remitieron las actuaciones a esta Audiencia, siendo turnadas y señalándose para su examen, sin celebración de vista, el día de hoy.

TERCERO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

ÚNICO.- Se acepta y se da por reproducida la declaración de hechos probados de la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan y dan por reproducidos los de la sentencia de instancia.

PRIMERO

El apelante pretende que se revoque la sentencia de primera instancia y que, en su lugar se dicte otra por la que se le absuelva de la falta del art. 620 del C. Penal, argumentando el error en la apreciación de la prueba por la Juzgadora. La apelada, se adhiere a la apelación, solicitando que se condene al imputado por una falta del art. 618 de...

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