SAP Murcia 16/2007, 30 de Enero de 2007

PonenteCARLOS MORENO MILLAN
ECLIES:APMU:2007:147
Número de Recurso14/2007
ProcedimientoAPELACION JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución16/2007
Fecha de Resolución30 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00016/2007

S E N T E N C I A N º 16

En la ciudad de Murcia, a treinta de enero de dos mil siete.

El Ilmo. Sr. D. Carlos Moreno Millán, Magistrado de la Ilma. Audiencia Provincial de esta ciudad, habiendo visto en grado de apelación el presente rollo formado con el nº 14 de 2007 por virtud del recurso interpuesto contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Molina de Segura en procedimiento de Juicio de Faltas en el que ha sido parte Jose Daniel y Luz y el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado referido se dictó con fecha 17 de Octubre de 2006 Sentencia en el Juicio de Faltas tramitado en el mismo y registrado al nº 178/06 por Desobediencia en el que se declaran hechos probados los siguientes: "UNICO.- Que el día 1 de agosto de 2005, sobre las 10 horas, el denunciante Jose Daniel, se personó en el domicilio de la denunciada Luz, para recoger al hijo común, a fin de que pasase con él el periodo que le corresponde por vacaciones, según sentencia de separación de fecha 24 de marzo de 2000, no pudiendo llevarse al niño, al no contestar nadie en dicho domicilio, pese a haber avisado a la denunciada mediante burofax, el día y la hora a la que iba a ir a recogerlo".

En su parte dispositiva dice así: "Que debo condenar y condeno a Luz como autora responsable de una falta de prevista y penada en el artículo 618.2 del Código Penal, a la pena de MULTA DE DOS MESES con cuota diaria de SEIS Euros (multa de 360 Euros)".

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación contra dicha sentencia, por Luz y admitido en ambos efectos, lo fundamentó en existencia de cosa juzgada y error en la valoración de la prueba.

El Ministerio Fiscal solicitó la confirmación de la sentencia.

Tras dicho trámite se remitieron las actuaciones a esta Audiencia, siendo turnadas y señalándose para su examen, sin celebración de vista, el día de hoy.

ÚNICO.- Se acepta la declaración de hechos probados de la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Pretende la parte recurrente en esta alzada Luz mediante la formulación del presente recurso de apelación el dictado de una nueva sentencia que revoque la de instancia y le absuelva libremente de la falta de desobediencia por la que había sido condenada, por entender, de un lado, la existencia de cosa juzgada y por considerar por otra parte, la existencia de error en la valoración de la prueba.

Así y en relación con la primera cuestión planteada, estima este Juzgador que no concurre la excepción de cosa juzgada en este caso.

En efecto el contenido de la documentación incorporada a este Juicio de Faltas permite sustentar con éxito que los hechos objeto del mismo (Juicio de Faltas nº 178/06) se concretan en los denunciados con fecha 1 de Agosto de 2005 referidos al periodo vacacional de dicho verano.

Estos hechos por tanto son distintos a los que fueron denunciados con fecha 30 de Diciembre de 2005...

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