Law of desire Temporary marryage in Irán, de Shahla Haeri.

AutorJosé M. Piñol Aguadé
Páginas1382-1383

    SHAHLA HAERI: Law of desire Temporary marryage in Irán, Tauris and CO. Ltd. London, 1989.

La autora, nieta de un conocido Ayatollah, reside en los Estados Unidos, en cuya Universidad de California se graduó en antropología cultural, ampliando sus estudios en Pembroke y Brown para profesar en la de Harvard. Desde la Revolución en el Irán, y sobre todo desde la guerra, con sus centenares de millares de víctimas, con Irak, el régimen de los Ayatollahs propugnó intensamente el renacimiento de una institución que había sido relegada como próxima a la prostitución durante el reinado occidentalizante de los Pahlevi y todavía merece esta consideración a los sunitas. Con este motivo se trasladó a Irán donde realizó una profunda investigación sobre el tema, cuyos aspectos legales y numerosos ejemplos a través de confesiones personales, casi íntimas, expone en esta interesante obra que se centra en una de las materias menos estudiadas.

El Corán considera antinatural el estado celibatario, reiterándolo la tradición, que constituye también fuente sagrada y legal En ello coinciden tanto las Page 1383 ramas chiíta -propia del Irán-, como sunita, distanciándose con ello de las gentes del Libro, o sea, la Biblia, cristianos y judíos. Se admiten tres clases de matrimonio: el permanente, que sólo termina con el divorcio o la viudedad, principalmente, el temporal y las relaciones con esclavas, que es redundante llamar matrimonio, ya que pertenecen absolutamente a su señor

El temporal tiene remotos antecedentes preislámicos. No sólo en el período de zoroastrismo, sino aún entre los judíos de Babilonia fue ampliamente practicado. Su nombre es el de Mut'a y ya entre los primeros discípulos del Profeta se contaban numerosos hijos de tales matrimonios

La unión matrimonial es un contrato, aqd, en el que los sujetos son los contrayentes, o sea, que la mujer no es el simple objeto, y en el que la esposa recibe, o se le promete para el caso de divorcio, un precio compensación a su deber de constante obediencia y venta de su aparato sexual o vagina, como instrumento de recreo y reproducción. Cierto que pueden celebrarse matrimonios por los padres de la esposa en su nombre, cuando ésta no ha alcanzado los nueve años, pero hasta esta edad el marido debe abstenerse de relaciones sexuales. El divorcio sólo se permite declararlo al marido, quien, además de las cuatro esposas que, a título indicativo, señala el Corán, puede contraer coetáneamente varios matrimonios...

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