STSJ Asturias , 17 de Octubre de 2003

PonenteJOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2003:4601
Número de Recurso1833/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución17 de Octubre de 2003
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL NIG: 33044 4 0102231 /2002, MODELO: 46050 TIPO Y N° DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001833/2002 MATERIA: OTROS DCHOS. SEG. SOCIAL RECURRENTE/s: INEM RECURRIDO/s: María Inés JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL n° 002 de GIJON DEMANDA 0000865/2001 Sentencia número: 3189/03 Ilmos. Sres.

TOMAS MAILLO FERNANDEZ JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ IGNACIO VIDAU ARGÜELLES En OVIEDO a diecisiete de Octubre de dos mil tres, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española, EN NOMBRE DE SM. EL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el RECURSO SUPLICACION 0001833/2002, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. ROSA ORTEGA PONCE DE LEON, en nombre y representación de INEM, contra la sentencia de fecha nueve de abril de dos mil dos, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL n° 002 de GIJON en sus autos número DEMANDA 0000865/2001, seguidos a instancia de María Inés representada por el/la Sr./Sra. Letrado D/Dª. MARTA MARIA RODIL DIAZ frente a Instituto Nacional de Empleo, parte demandada, en reclamación de prestaciones de desempleo, siendo Magistrado-Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSE ALEJANDRO CRIADO

FERNANDEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha nueve de abril de dos mil dos por la que se estimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - La actora, cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de su demanda, figura afiliada a la Seguridad Social con el n° NUM000 , adscrita al Régimen General, habiendo prestado servicios por cuenta de la empresa ASSISTANT WORKS, SA. desde el 20 de noviembre de 1998, hasta el 5 de marzo de 2001, fecha en la que causó baja voluntaria extinguiéndose su nexo laboral.

  2. - El día 3 de mayo de dicho último año suscribió con Almacenes Morí, SL. un contrato de duración determinada, eventual por circunstancias de la producción, de un mes de duración, extinguiéndose el 2 de Junio de 2001.

  3. - El 14 de estos interesó la demandante el reconocimiento del derecho del percibo de prestaciones por desempleo, recayendo Resolución administrativa denegatoria; se agotó la vía administrativa.

  4. - La base reguladora de cotización al desempleo que aquella acredita en su última vinculación laboral asciende a 2.129 ptas., día y a 3.316,6 ptas diarias el promedio diario de los últimos meses trabajados por cuenta de ASSISTAN WORKS, SA. TERCERO.- Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada, siendo impugnado de contrario.

Elevados los autos a esta Sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La entidad gestora demandada interpone recurso contra la sentencia de instancia que estimando la pretensión de la actora declara su derecho a percibir prestaciones de desempleo, recurso que articula en dos motivos, uno dedicado a los errores de hecho y el otro al examen del derecho aplicado en la sentencia impugnada.

Con amparo en el art.- 191 b) Ley de Procedimiento Laboral postula en primer lugar la recurrente que se añada en el ordinal primero del relato fáctico los datos consistentes en que la actora...

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