SAP Zaragoza 107/2007, 21 de Febrero de 2007

PonentePEDRO ANTONIO PEREZ GARCIA
ECLIES:APZ:2007:211
Número de Recurso61/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución107/2007
Fecha de Resolución21 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00107/2007

SENTENCIA núm. 107/2007

ILMOS. Señores:

Presidente:

D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA

Magistrados:

D. JAVIER SEOANE PRADO

D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER

En ZARAGOZA, a veintiuno de Febrero de dos mil siete.

En nombre de S.M. el Rey,

VISTOS por esta Sección 005 de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de JUICIO VERBAL 0000782 /2006, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 7 de ZARAGOZA, a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN núm. 0000061 /2007, en los que aparece como parte apelada-demandante D. Alberto representado por el procurador D. JOSE MARIA ANGULO SAINZ DE VARANDA y asistido por el Letrado D. Alberto ; como parte apelante-demandada. Julieta representada por el procurador D. PEDRO BAÑERES TRUEBA y asistida por el Letrado D. ALBERTO DELGADO MOLINOS; y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 15 de noviembre de 2006, cuyo FALLO es del tenor literal: "FALLO.- Estimando la demanda interpuesta por Alberto contra Julieta debo condenar y condeno a la demandada a :

  1. - Dejar libre, vacuo y expedito el piso sito en San Juan de Mozarrifar, c/ DIRECCION000 NUM000, bloque NUM001, NUM002 a disposición del actor en el plazo legal, con apercibimiento de lanzamiento.

  2. - Las costas".

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes por la representación procesal de Julieta se interpuso contra la misma recurso de apelación, y dándose traslado a la parte contraria se opuso al recurso; remitiéndose las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia, previo emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidos los Autos y cinta de video, y una vez personadas las partes, se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado, y no siendo necesario la celebración de vista, se señaló para deliberación, votación y fallo el día 19 de febrero de 2007

CUARTO

En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

SE aceptan LOS FUNDAMENTOS DE DERECHO de la Sentencia apelada, y

PRIMERO

En el Derecho Español la situación de precario siempre se ha caracterizado por el uso de bien ajeno "Sin pagar renta o merced alguna", que extiende su concepto a todos los supuestos en que una persona posee alguna cosa sin derecho a ello, esto es, la detentación gratuita de un inmueble sin título por la sola voluntad del titular del mismo quien lo cede a otra persona, siendo la voluntad de éste la que puede poner término al vínculo, pues ello significará la desaparición de la tolerancia, o, lo que es...

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