SAP Madrid 344/2007, 1 de Junio de 2007
Ponente | MARIA GUADALUPE JESUS SANCHEZ |
ECLI | ES:APM:2007:7008 |
Número de Recurso | 251/2007 |
Número de Resolución | 344/2007 |
Fecha de Resolución | 1 de Junio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 18
MADRID
SENTENCIA: 00344/2007
Rollo: RECURSO DE APELACION 251 /2007
Proc. Origen: JUICIO VERBAL 441 /2006
Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 1 de TORREJON DE ARDOZ
PONENTE: ILMA. SRA. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ
APELANTE: María Dolores
PROCURADOR: SIN PROFESIONAL ASIGNADO
APELADO: Carlos Jesús
PROCURADOR: CARLOS DELABAT FERNANDEZ
En MADRID, a uno de junio de dos mil siete.
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
ILMA. SRA. Dª. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ
ILMO. SR. D. LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO
ILMO. SR. D. PEDRO POZUELO PÉREZ
La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre desahucio por falta de pago, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Torrejón de Ardoz, seguidos entre partes, de una, como apelante demandante Dª María Dolores y de otra, como apelado demandado D. Carlos Jesús, seguidos por el trámite de juicio verbal.
Visto, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Torrejón de Ardoz, en fecha 15 de diciembre de 2006, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimo la demanda formulada por María Dolores representado por el Procurador Sr. Javier García Guillen y asistido del Letrado Sra. Salas Montero, seguidos contra Carlos Jesús representado por el Procurador Sr.José antonio Martínez Martínez y asistido del letrado Sr. Vilches Vilela, absuelvo al demandado de los pedimentos efectuados en su contra con imposición de costas a la parte actora.".
Por la parte demandante se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.
Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 29 de mayo de 2007.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
No se aceptan los Fundamentos de Derecho de la resolución objeto de recurso.
Alega la parte apelante como motivos en los que funda su recurso, que en la resolución de instancia se incurre en un claro error en la apreciación de la prueba practicada. Así resalta como el día 17 de Noviembre se inició la vista señalada para el desahucio y por la Juez titular se interpeló al demandado sobre si era cierto que debía las rentas del arrendamiento a lo que el demandado contestó que sí, que era cierto que las debía, apercibiéndole su Señoría de que debía consignar las rentas que reconocía deber por el arrendamiento si quería paralizar el procedimiento de desahucio, ya que de lo contrario el desahucio prosperaría. El día 4 de Diciembre tuvo lugar la nueva vista, en la que se presentó un presunto testigo de la parte demandada, solo pudo determinar que en una ocasión había...
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