SAP Cantabria 49/2007, 15 de Enero de 2007

JurisdicciónEspaña
Número de resolución49/2007
Fecha15 Enero 2007

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

SANTANDER

SENTENCIA: 00049/2007

ROLLO NUM. 612/06

S E N T E N C I A NUM. 49/07

Ilma. Sra. Presidente

Doña María José Arroyo García

Ilmos. Srs. Magistrados

Don Marcial Helguera Martínez

Don Joaquín Tafur López de Lemus

========================================

En la Ciudad de Santander, a quince de enero de dos mil siete.

Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos de juicio Verbal de Desahucio por Precario de pago 75/06, Rollo de Sala núm. 612/06, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº dos de Medio Cedeyo.

En esta segunda instancia ha sido parte apelante don Jose Carlos y D. Ángel Jesús, representado por el Procurador Sra. Gómez Cospedal, y defendido por el Letrado Sr. Mora Cospedal; y parte apelada doña Araceli, doña Maribel y doña Ariadna.

Es ponente de ésta resolución el Imo. Sr. Magistrado D. Joaquín Tafur López de Lemus.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Medio Cudeyo, y en los autos ya referidos, se dictó en fecha 26-05-06 Sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Estimando íntegramente la demanda presentada por el procurador Sr. González Estefani Sánchez en nombre y representación de Dª Maribel, Dª Araceli y Dª Ariadna, declaro haber lugar al desahucio por precario, condenando a los codemandados a que desalojen la finca descrita en el hecho primero de la demanda en plazo legal, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo hicieren, todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, la representación de la ya reseñada parte apelante interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado de Primera Instancia, e impugnado por la parte apelada. Llegados los autos a la Audiencia Provincial, y turnados a esta Sección Cuarta, se señaló para deliberación y fallo.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se admiten los de la Sentencia de instancia, en tanto no sean contradictorios con los que a continuación se establecen; y

PRIMERO

Para la resolución del presente recurso debemos una consideración previa, y es que la condición de poseedor puede ejercerse en propio nombre o mediante representación. La segunda, obviamente, resulta excepcional, y es la propia del representante legal o del mandatario. Ciertamente, una...

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