ORDEN 2027/2002, de 24 de mayo, del Consejero de Trabajo, por la que se deroga la Orden 5518/1999, de 6 de septiembre, que establecía el modelo de aviso previo preceptivo para las obras de construcción en la Comunidad de Madrid, incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre.

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Trabajo
Rango de LeyOrden

La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, es la norma legal por la que se determina el conjunto de garantías y responsabilidades, precisas para establecer un adecuado nivel de protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo.

De conformidad con el contenido del artículo 6 de dicha Ley, serán las normas reglamentarias las que habrán de concretar los aspectos más técnicos de las medidas preventivas, mediante normas mínimas que garanticen la adecuada protección de los trabajadores. Entre tales normas se encuentran, necesariamente, las destinadas a garantizar la salud y la seguridad en las obras de construcción.

En este sentido, se ha de destacar como norma básica para este sector el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, el cual, en su artículo 18, determina la obligatoriedad por parte del promotor de efectuar un Aviso Previo ante la autoridad laboral competente, con carácter previo al inicio de las obras de construcción incluidos en el ámbito de aplicación del citado Real Decreto, estableciendo, además, que dicho Aviso se redactará con arreglo a lo dispuesto en su Anexo III.

Mediante Orden 5518/1999, de 6 de septiembre, la Comunidad de Madrid se dotó de un modelo de Aviso Previo que la experiencia y el tiempo transcurrido desde su aprobación aconseja que sea modificado. En consecuencia, y respetando el contenido que para el mismo dispone el Anexo III del Real Decreto 1627/1997, en el ejercicio de los competencias que le están atribuidas a la Comunidad de Madrid mediante el Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de trabajo (ejecución en la legislación laboral) y por el Real Decreto 934/1995, de 9 de junio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de Gabinetes Técnicos Provinciales del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo y teniendo asimismo en cuenta los Decretos 51/1995 y 53/1995 de adscripción de competencias en tales materias y, en todo caso, el Decreto 155/2001, de 20 de septiembre, por el que se modifica la denominación y estructura de las...

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