SAP Barcelona 404/2005, 26 de Septiembre de 2005

PonenteJORDI LLUIS FORGAS FOLCH
ECLIES:APB:2005:7706
Número de Recurso297/2003
Número de Resolución404/2005
Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 15ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN QUINCE

ROLLO núm.297/2003 Sección 3

PROCEDIMIENTO ORDINARIO núm.131/2001

JUZGADO DE 1ª INSTANCIA núm. 37 de BARCELONA.

SENTENCIA Núm. 404/05

Ilustrísimos Señores Magistrados:

D. IGNACIO SANCHO GARGALLO

D. LUIS GARRIDO ESPA

D. JORDI LLUIS FORGAS I FOLCH

En la ciudad de Barcelona, a veintiséis de septiembre de dos mil cinco.

VISTOS, en grado de apelación, por la Sección Quince de la Audiencia Provincial de Barcelona, los presentes autos de Procedimiento Ordinario tramitado, con el número 131/2001, por el Juzgado de Primera Instancia número Treinta y siete de los de Barcelona, a demanda de GISMERO, SL, contra TYC TORRES, SA, proceso que está pendiente en esta instancia al haber apelado la parte demandada la Sentencia que dictó el referido Juzgado el día seis de junio de dos mil dos .

Han comparecido en esta instancia con las calidades dichas, las litigantes estando representadas, la actora por la Procurador de los Tribunales Dª. Marta Durbán Piera y asistida de Letrado y la demandada por el Procurador de los Tribunales D. Federico Barba Sopeña y asistida también de Letrado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor siguiente: FALLO: Que estimando en parte la demanda deducida por GISMERO SL contra TYC TORRES SA debo declarar y declaro el derecho exclusivo de la demandante sobre el modelo de utilidad núm 9700572 declarar que la demandada ha violado los derechos de propiedad industrial que le corresponde a la actora por dicho registro al haber ofrecido e instalado en el mercado puertas correderas cortafuegos aplicables a escaleras metálicas y fijas sin su consentimiento y condenar a la demandada a que se abstenga de seguir fabricando, comercializando e instalando sus puertas y aquellos que reproduzcan imiten las características esenciales de los protegidos por el modelo de utilidad citado condenar a que retire del mercado destruya toda clase de folletos catálogos y publicidad relativos a dichas puertas correderas decretar el embargo y posterior destrucción de los medios destinados a su fabricación y que indemnice en la cantidad de 36.060, 73 euros y, en fin, a que se publique la sentencia, mediante la inserción de us parte dispositiva en los periódicos El Pais y El mundo y en la revista Fuego asi como notificaciones a todos los distribuidores usuarios y clientes que hayan adquirido o utilizado productos de la demandada. Que desestimado la demanda reconvencional formulada por TYC TORRES SA contra GISMERO SL debo absolver y absuelvo a la expresada demandada reconvencional con expresa condena en costas a la actora reconvencional.

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada. Admitido el recurso, se dio traslado de él a la demandante, que se opuso a su estimación, tras lo que los autos se elevaron a esta Audiencia Provincial, en la que se turnaron a la Sección Quince.

Comparecieron las mismas, con las representaciones y defensa y se señaló la audiencia del día veintinueve de marzo del año en curso para vista del recurso.

VISTOS, por el Ilmo. Sr. Magistrado ponente D. JORDI LLUIS FORGAS I FOLCH.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En su escrito de demanda la parte actora alegó la titularidad registral del modelo de utilidad número 9700572, con prioridad desde el día cuatro de marzo de mil novecientos noventa y siete, en cuya única reivindicación se señala al modelo como un conjunto de cerramiento cortafuegos de correderas y batientes aplicable a escaleras mecánicas y/o fijas de edificios que presentan tres frentes abiertos caracterizado porque el conjunto está constituido por una corredera y una batiente con facultad de desplazamiento encontrándose articulada la batiente a un extremo de la corredera de manera que los tres frentes de cada extremo de la escalera quedan cerrados por dos correderas laterales y enfrentadas y por las correspondientes batientes que al efectuar un giro de 90 grados una contra la otra se solapan y cierran mediante un plano frontal la entrada y/o la salida de la escalera. Estas puertas correderas cortafuegos que reivindica el Modelo de Utilidad registrado por la citada demandante son identificadas con la marca Canguro. En el verano de mil novecientos noventa y ocho la actora indicó que tuvo conocimiento...

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