El derecho del trabajo en la fase post-covid: ¿una reformulación del modelo? El 'nuevo' estatuto del trabajo

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La emergencia sanitaria y la crisis económica provocada por la pandemia a par-
tir de marzo del 2020 ha dado lugar a un proceso de rejuridificación acelerado
y masivo de las relaciones laborales a nivel multiescalar, tanto en Europa como
en los ordenamientos nacionales y especialmente en el caso español. La orienta-
ción de estas medidas a la preservación y mantenimiento del empleo, junto con
la adaptación de las estructuras centrales del derecho del trabajo a los cambios
producidos por la irrupción de la digitalización, suministraban la base de un
modelo de regulación del trabajo que se apartaba decididamente del que había
patrocinado el ciclo de la crisis financiera del 2010.-2013 en torno a las llamadas
políticas de austeridad que habían generado una inmensa devaluación salarial
y un terrible ajuste del empleo a través de la destrucción de puestos de trabajo.
La reforma laboral negociada en el marco del proceso de recuperación y trans-
formación impulsadas por la Unión Europea en el programa Next generation
suponía el fin de esta etapa de emergencia sobre la base de un marco de modi-
ficaciones normativas que reponían el principio de estabilidad en el empleo
reforzando el principio de causalidad en la contratación temporal, recuperaba
los mecanismos de ajuste temporal de empleo de la experiencia de la crisis y
los normalizaba para el futuro como forma prioritaria de gestión de las dificul-
tades económicas y de la reconversión de los sectores productivos e introducía
elementos de nivelación de las posiciones de poder en la negociación colectiva.
Tanto por el método de producción de normas como por su contenido, del que
se deducía una ampliación indudable de los derechos individuales y colectivos
derivados del trabajo sin contraprestaciones ni recortes, este largo proceso regu-
lador permitía pensar en la apertura de una nueva etapa en la reformulación del
Derecho del Trabajo en nuestro país como un polo de desarrollo normativo que
representaba la posibilidad de hacer cambios importantes en la regulación de
las relaciones de trabajo dentro del marco del modelo europeo de la economía
social de mercado.
Esta percepción se conectaba con una línea de tendencia anterior a la que ya se
ha aludido en anteriores editoriales de la Revista, la de sustituir el entramado
normativo básico sobre el que se asienta la regulación legal de las relaciones de
trabajo por otro producto normativo: el compromiso, que se remonta al 2015,
de un “nuevo Estatuto de los Trabajadores del siglo XXI” que formaba parte
EL DERECHO DEL TRABAJO EN LA FASE POST-COVID:
¿UNA REFORMULACIÓN DEL MODELO? EL “NUEVO”
ESTATUTO DEL TRABAJO
EDITORIAL

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