Derecho y políticas ambientales en Cataluña (Primer semestre 2021)

AutorMaría Inés Gil Casión
CargoProfesora asociada de Derecho Administrativo Universitat Rovira i Virgili
Páginas1-32
REVISTA CATALANA DE DRET AMBIENTAL Vol. XII Núm. 1 (2021): 1 - 64
- Crònica -
https://doi.org/10.17345/rcda3087
DERECHO Y POLÍTICAS AMBIENTALES EN CATALUÑA
(PRIMER SEMESTRE 2021)
MARÍA INÉS GIL CASIÓN
Profesora asociada de Derecho Administrativo
Universitat Rovira i Virgili
SUMARIO: 1. Introducción 2. La Ley 8/2020, de 30 de julio, de p rotección y ordenación del
litoral 3. La Ley 7/2020, de 2 de julio, de la Agencia de la Naturaleza de Cataluña 4. La Ley
6/2020, de 18 de junio, de protección, conservación y puesta en valor de los olivos y olivares
monumentales 5. El Decreto Ley 33/2020, de 30 de s eptiembre, de medidas urgentes en el
ámbito del impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción
mecánica 6. El Decreto 73/2020, de 21 de julio, de c reación del Banco de Semillas de la
Generalidad de Cataluña 7. El Decreto 65/2020, de 30 de junio, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley 18/2015, de 29 de julio, de las organizaciones interprofesionales
agroalimentarias 8. Iniciativas legislativas, proyectos de ley, proposiciones de ley y
proposiciones de iniciativa legislativa popular, actualmente en trámite en el Parlamento de
Cataluña 9. Turismo sostenible: Cataluña aprueba el Decreto 75/2020, de 4 de agosto, de
turismo de Cataluña 10. Otras normas y actuaciones de interés en materia ambiental
1. Introducción
La Crónica de este primer semestre de 2021 sobre la actividad normativa de la
Comunidad Autónoma de Cataluña empieza a ser muy distinta de las
anteriores, en el sentido de que, pese al marco la crisis sanitaria en la que
seguimos instalados, son diversas las regulaciones de carácter general que se
han aprobado en este período. Un número importante de normas que se
encontraban tramitación, una vez que pudo retomarse el cómputo de los plazos
administrativos suspendidos tras la declaración del estado de alarma efectuada
por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, han ido saliendo a la luz.
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Por tanto, podemos decir que en el periodo examinado (del 30 de abril de 2020
a 30 de abril de 2021), en cuanto a la función legislativa se refiere, se ha
reinstaurado cierta normalidad. Si en crónicas precedentes hablábamos de
escasez de producción normativa consecuencia primero de la excepcionalidad
política, y después por el marco sanitario, podemos afirmar ahora que la
"sequía normativa" en materia ambiental se ha paliado. Son tres leyes
ordinarias y dos decretos ley, los que vienen a incorporarse al cuerpo legal de
la materia ambiental, este primer semestre de 2021.
Además, a los efectos que nos interesan, el semestre que es objeto de esta
crónica también alcanza a la acción de gobierno del ejecutivo, el cual ha
aprobado diversas disposiciones con rango reglamentario de incidencia directa
en materia ambiental.
Cabe tener en cuenta también, que se continúan implementando diversos
instrumentos de fomento dirigidos a administraciones públicas y particulares
para realizar actuaciones ligadas a la protección del medioambiente y el
desarrollo sostenible, aunque las consecuencias de la crisis sanitaria derivada
ahora en crisis también económica, ha provocado que las subvenciones y
ayudas se focalicen en el fomento de la actividad económica y la promoción de
la ocupación, dejando de momento de lado la preocupación ambiental.
2. La Ley 8/2020, de 30 de julio, de protección y ordenación del litoral
En el DOGC número 8192 de 3 de agosto de 2020, se publica la Ley 8/2020,
de 30 de julio, de protección y ordenación del litoral, que tiene por finalidad
desarrollar la competencia exclusiva de la Administración de la Generalidad en
materia de ordenación del litoral, mediante la articulación de un modelo de
gestión integrada del espacio costero catalán, con la Administración de la
Generalidad como Administración de referencia y un mayor protagonismo de
los ayuntamientos, que permita abordar la alta vulnerabilidad de este espacio
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con un tratamiento individual de cada playa o tramo costero que asegure sus
funciones ambientales y establezca sus medidas de protección.
Si atendemos a la estructura de la Ley vemos que se divide en ocho títulos,
diez disposiciones adicionales, cinco disposiciones transitorias, una derogatoria
y dos disposiciones finales.
Se dedica el Título I a establecer el objeto, el ámbito de aplicación y las
finalidades de la Ley, mediante las que se transponen al ordenamiento catalán
los objetivos del Protocolo relativo a la gestión integrada de las zonas costeras
del Mediterráneo.
El título II regula los instrumentos de ordenación y gestión del litoral, articulados
mediante el Plan de protección y ordenación del litoral y los planes de uso del
litoral y de las playas. La Ley define el Plan de protección y ordenación del
litoral como el instrumento básico de ordenación y gestión integrada del ámbito
terrestre y marino del litoral catalán, y configura los planes de uso del litoral y
de las playas como un instrumento para ordenar, en el ámbito municipal, los
servicios de temporada y determinadas actividades que se planifique situar a lo
largo del año en el dominio público marítimo-terrestre y en los terrenos de
titularidad pública que incluya situados en su zona de servidumbre de
protección.
Los instrumentos de planificación para llevar a cabo la ordenación y la gestión
del litoral son el Plan de protección y ordenación del litoral y los planes de uso
del litoral y de las playas, detallando la nueva ley las directrices que debe
seguir la formulación de los mismos, así como su tramitación y aprobación.
En cuanto al Plan de protección y ordenación del litoral cabe destacar que
permitirá la clasificación y la categorización de tramos de playas y la
determinación de los umbrales de su capacidad de carga, la definición de los
límites máximos de ocupación, y el establecimiento de normas, directrices o

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