El derecho a la desconexión digital desde un punto de vista de la prevención de riesgos laborales

AutorNuria Ayerra Duesca
CargoUniversidad de Zaragoza
Páginas41-71
ISSN 1575-7048 eISSN 2444-5819
Lan Harremanak, 2022, 47, 41-71
https://doi.org/10.1387/lan-harremanak.23520
EL DERECHO A LA DESCONEXIÓN DIGITAL
DESDE UN PUNTO DE VISTA
DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
The right to digital disconnection
from the point of view of occupational risk prevention
N J. A D*
Profesora asociada de la Universidad de Zaragoza, España
RESUMEN
En un contexto de cambios tecnológicos, organizativos y culturales en el mundo laboral, adquiere una
gran importancia el trabajo online —utilizando dispositivos y herramientas digitales— en detrimento del tra-
bajo presencial, como consecuencia de la digitalización de la economía y de la pandemia provocada por la
Covid-19. Para dar respuesta a la aparición de nuevas formas de organización del trabajo, se ha aprobado la
Ley 10/2021, de 9 julio, de trabajo a distancia (anterior RD-Ley 28/2020). El presente artículo centra su aten-
ción en el análisis del derecho a la desconexión digital en el régimen jurídico actual, como herramienta para
prevenir los riesgos laborales derivados del teletrabajo o trabajo a distancia en un momento de máxima hi-
perco nec ti vi dad por el uso de tecnologías digitales, y como garantía de seguridad y salud laboral. A tal fin, se
pone de manifiesto la necesidad de abordar el derecho a la desconexión digital desde un punto de vista pre-
ventivo.
Palabras clave: teletrabajo, desconexión digital, prevención de riesgos laborales, seguridad y salud laboral, ne-
gociación colectiva.
ABSTRACT
In a context of technological, organisational and cultural changes in the world of work, online work —using
digital devices and tools— is taking on great importance to the detriment of face-to-face work, as a consequence of
the digitalisation of the economy and the pandemic caused by Covid-19. In response to the emergence of new forms
of work organisation, Law 10/2021 of 9 July on remote work (former RD-Law 28/2020) has been passed. This ar-
ticle focuses on the analysis of the right to digital disconnection in the current legal system, as a tool for preventing oc-
cupational risks arising from teleworking or remote work at a time of maximum hyperconnectivity due to the use of
digital technologies, and as a guarantee of occupational health and safety. To this end, the need to address the right
to digital disconnection from a preventive point of view is highlighted.
Keywords: telework, digital disconnection, occupational risk prevention, occupational health and safety, collective
bargaining.
* Correspondencia a: Nuria J. Ayerra Duesca. Plaza José María Forqué, número 13, escalera derecha, 6.º A (Zaragoza-España). —
nayerra@unizar.es — https://orcid.org/0000-0002-1266-7465
Cómo citar: Ayerra Duesca, Nuria J. (2022). «El derecho a la desconexión digital desde un punto de vista de la prevención de ries-
gos laborales»; Lan Harremanak, 47, 41-71. (https: //doi.org/10.1387/lan-harremanak.23520).
Recibido: 16 marzo, 2022; aceptado: 25 abril, 2022.
ISSN 1575-7048 — eISSN 2444-5819 / © 2022 UPV/EHU
Esta obra está bajo una licencia
Creative Commons Atribución 4.0 Internacional
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Lan Harremanak, 2022, 47, 41-71
1. Introducción
La transformación digital de las relaciones laborales derivada del uso de he-
rramientas y dispositivos tecnológicos y de la crisis sanitaria provocada por la
pandemia de la Covid-19, ha permitido a las personas trabajadoras llevar a cabo
el trabajo en cualquier lugar y en cualquier momento, lo que ha provocado un
aumento exponencial del teletrabajo o trabajo a distancia utilizando tecnologías
digitales. Como consecuencia, esta nueva forma de prestación laboral conlleva
una conectividad permanente que difumina los límites entre tiempo de trabajo
y de descanso que, sin duda, repercute negativamente en la seguridad y salud de
las personas trabajadoras.
La utilización de tecnologías digitales acarrea una serie de ventajas, como,
por ejemplo, mayor autonomía y flexibilidad de los trabajadores, menor utiliza-
ción de infraestructuras, menores costes para la empresa o reducción de los efec-
tos negativos de la pandemia, pero también de inconvenientes, mayor intensi-
dad del trabajo o dificultades para desconectar que tienen efectos negativos en la
salud y bienestar de los trabajadores. En relación con ello, aparecen nuevos ries-
gos de hiperconexión digital o conectividad permanente, como la fatiga informá-
tica (Martín, 2020: 166-169, Fernández, 2021: 154, Rodríguez, 2021: 25), que
se manifiesta en tecnofobia, tecnoadicción, tecnodependencia, tecnoansiedad o tec-
nofatiga, por las altas exigencias y el alargamiento de la jornada laboral que va-
rían dependiendo de las características personales de cada trabajador.
En este sentido, las Notas Técnicas de Prevención del Instituto Nacional de
Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) (NTP 1122 y 1123: 2018)1 relativas
a las tecnologías de la información y la comunicación, ponen de manifiesto los
factores de riesgo psicosocial que pueden generarse por un diseño inadecuado de
las condiciones de trabajo, como sobrecarga de trabajo, prolongación de la jor-
nada, uso inadecuado de los equipos de trabajo, conectividad permanente, difu-
minación de los límites entre el tiempo de trabajo y descanso, urgencia en la in-
mediatez de respuesta, problemas técnicos en el uso de dispositivos, sobrecarga
de información procedente de diversas fuentes como el correo electrónico, inter-
net, plataformas web, disminución de los tiempos de descanso mental y físico,
aislamiento, ausencia de visibilidad del trabajador, monitorización inadecuada
que puede afectar al derecho a la intimidad, ausencia de cultura preventiva y
existencia de expectativas de disponibilidad, entre otros.
1 Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (2018) Nota Técnica de Preven-
ción 1122 «Las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) (I): nuevas formas de or-
ganización del trabajo; y, Nota Técnica de Prevención 1123. Las Tecnología de la Información y la
comunicación (TIC)(II): factores de riesgo psicosocial asociados a las nuevas formas de organización
del trabajo». Disponible en: https://www.insst.es/documents/94886/566858/ntp-1123.pdf (acce-
dido: 11-11-2021).

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