STSJ Comunidad de Madrid , 21 de Diciembre de 2000

PonenteFRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRION
ECLIES:TSJM:2000:15713
Número de Recurso1676/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso 1676/96 SENTENCIA NUMERO 1177 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Ilustrísimos señores:

Presidente.

Don José Félix Méndez Canseco.

Magistrados:

Dña. Francisca María Rosas Carrión.

Dña. Elvira Adoración Rodríguez Martí.

D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez.

En la Villa de Madrid, a veintiuno de diciembre de dos mil. Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 1676/96, interpuesto por D. Esteban , defendido y representado por el letrado D. Eugenio Pérez Rivas, contra la resolución dictada con fecha 14.5.96, por el Ayuntamiento de Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias, por la cual se desestima el recurso de reposición interpuesto contra el acto de retirada de escalera ilegítimamente. Siendo parte el Ayuntamiento de Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias, defendido y representado por el Letrado D. Ricardo Echevarría de Rada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda mediante escrito de fecha 12 de mayo de 1997, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada. Solicitando el recibimiento a prueba.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado al Letrado D. Ricardo Echevarría de Rada, para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito de fecha 28 de febrero de 1998, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.

TERCERO

Que, por Auto de fecha 14 de octubre de 1998 , se acordó haber lugar al recibimiento a prueba del presente recurso, practicándose las que la Sala consideró pertinentes. Y, no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se concedio a las partes el término de quince días para concluir por escrito, lo que consta realizado; señalándose para la votación y Fallo del presente recurso el día 21 de diciembre de 2000, a las 10 horas de su mañana, en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente la Iltma. Sra. Dª Francisca María Rosas Carrión.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Don Esteban impugna en este proceso la resolución dictada en fecha de 14.5.96 por la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias, por la que se denegó la solicitud, formulada por el recurrente en escrito de 28.3.96, de que se repusiera, a costa del Ayuntamiento demandado, la escalera de piedra de acceso al edificio n° NUM000 de la PLAZA000 , que había sido retirada con motivo de...

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