SAP Segovia 213/2007, 11 de Diciembre de 2007

PonenteFRANCISCO SALINERO ROMAN
ECLIES:APSG:2007:321
Número de Recurso382/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución213/2007
Fecha de Resolución11 de Diciembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Segovia, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SEGOVIA

SENTENCIA: 00213/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN ÚNICA

SEGOVIA

S E N T E N C I A Nº 213 / 2007

C I V I L

Recurso de apelación

Número 382 Año 2007

Juicio Ordinario nº 580/06

Juzgado de 1ª Instancia de

S E G O V I A Nº 3

En la Ciudad de Segovia, a once de Diciembre de dos mil siete.

La Audiencia Provincial de esta capital, integrada por los Ilmos. Sres. D. Andrés Palomo del Arco, Pdte.; D. Ignacio Pando Echevarria y D. Francisco Salinero Román, Magistrados, ha visto en grado de apelación los autos de las anotaciones al margen, seguidos a instancia de D. Carlos Alberto, mayor de edad, con domicilio en Segovia, C/ DIRECCION000, nº NUM000, piso NUM001, NUM002.; contra Dª Aurora, mayor de edad, con domicilio en San Ildefonso (Segovia), C/ URBANIZACIÓN000, nº NUM003 ; sobre juicio ordinario, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en primera instancia, recurso en el que han intervenido como apelante, el demandante, representado por la Procuradora Sra. Aprell Lasagabaster y defendido por la Letrado Sra. Bago Ruiz; y como apelada, la demandada, representada por la Procuradora Sra. Bas y Martinez Pison y defendida por el Letrado D. Antonio Calvo Muñoz y en el que ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Francisco Salinero Román.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia de los de Segovia, nº 3, con fecha veintiocho de mayo de dos mil siete, fue dictada Sentencia, que en su parte dispositiva literalmente dice: "FALLO: RESUELVO: Que se desestima la demanda formulada por la Procurador doña María Aranzazu Aprell Lasagabaste.

Sin pronunciamiento sobre las costas."

SEGUNDO

Notificada que fue la anterior resolución a las partes, por la representación procesal de el demandante, se anunció la preparación de recurso de apelación, con enumeración de los pronunciamientos que se impugnan, al tenor que es de ver en su escrito unido en Autos, teniéndose por preparado el mismo, emplazándose a la recurrente para que en plazo interponga la apelación anunciada; y notificada dicha resolución a las partes, por los apelantes se interpuso para ante la Audiencia en legal forma el recurso anteriormente anunciado, en base a lo establecido en los arts. 457 y ss de la Nueva Ley de Enjuiciamiento Civil, dándose traslado a la adversa y emplazándola para oponerse al recurso o impugnarlo, y realizado el citado trámite en plazo, se acordó remitir las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Recibidos los autos en este Tribunal, registrados, formado rollo, turnado de ponencia y...

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