SAP Almería 45/2005, 3 de Marzo de 2005

PonenteTARSILA MARTINEZ RUIZ
ECLIES:APAL:2005:774
Número de Recurso280/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución45/2005
Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 3ª

SENTENCIA NUMERO 45/05

ILMOS SRES.

PRESIDENTE:

Dª. TÁRSILA MARTÍNEZ RUIZ

MAGISTRADOS:

D. JESÚS MARTÍNEZ ABAD

Dª. SOLEDAD JIMÉNEZ DE CISNEROS CID

En la Ciudad de Almería, a 3 de marzo de 2005.

La Sección 3ª de esta Audiencia Provincial, ha visto en grado de apelación, Rollo número 280/04, los autos procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Berja, seguidos con el número 50/00 , sobre CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRAVENTA, entre partes, de una, como DEMANDANTES, D. Juan Luis , D. Valentín , D. Ismael y D. Cesar , y de otra, como DEMANDADA, "Banco Bilbao Argentaria, S.A.", representada la primera por el Procurador D. Juan García Torres y dirigida por el Letrado D. Manuel Ojeda López, y la segunda representada por la Procurador Dª. Mª Dolores Pérez Muros y dirigida por el Letrado D. Javier Lorenzo Alonso.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

SEGUNDO

Por el Ilmo. Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Berja, en los referidos autos se dictó sentencia con fecha 4 de junio de 2003 , desestimando la pretensión actora, absolviendo, en consecuencia, a la entidad demandada, e imponiendo las costas causadas a aquella parte.

TERCERO

Contra la referida sentencia y por la representación procesal de la parte demandante se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, mediante escrito en el que se solicitó se dicte nueva sentencia estimatoria de su pretensión, por las razones expuestas en dicho escrito.

CUARTO

El recurso deducido fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte apelada, quien solicitó la confirmación de la mencionada resolución.

QUINTO

A continuación, se elevaron las actuaciones a este Tribunal donde, formado y registrado el correspondiente Rollo, se turnó de ponencia y, no habiéndose solicitado prueba en esta segunda instancia, ni habiéndose estimado necesaria la celebración de vista, se señaló para deliberación, votación y fallo el pasado 16 de febrero de 2005.

SEXTO

En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dª. TÁRSILA MARTÍNEZ RUIZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como se señala en la resolución de primera instancia, la presente litis tiene su origen en el contrato de compraventa -cuyo cumplimiento exigen los actores, o la oportuna indemnización de daños y perjuicios- suscrito entre estos y la entidad demandada -como vendedora en virtud de un auto de adjudicación dictado en procedimiento de ejecución hipotecaria- de fecha 31 de octubre de 1996; sostendiendo los demandantes, como fundamento de su pretensión, que en dicha escritura se les vendió un trozo de finca no perteneciente a dicha vendedora -objeto ello de otro procedimiento- y un trozo de finca de menor cabida a la establecida en el referido contrato, invocando los arts. 1445 y 1450, en relación con el art. 1478 del Código Civil , en cuanto a la posible existencia de venta de cosa ajena, con las consecuencias que de ello deriva, o, subsidiariamente, el art. 1471 del mismo Código , con la consiguiente deducción del precio de venta.

La parte demandada se ha opuesto a dicha pretensión, alegando, en primer término, la excepción de falta de legitimación activa, al haber sido trasmitida la finca litigiosa a un tercero; y, en cuanto al fondo, sosteniendo que los demandantes compradores conocían en todo momento la finca que realmente adquirían.

La sentencia de primera instancia, rechazando la mencionada excepción pero acogiendo la tesis de fondo de la demandada, desestima, como hemos apuntado en los antecedentes de hecho, la pretensión actora, que insiste en esta alzada en las argumentaciones expuestas en el escrito de demanda, alegando que se ha producido una errónea valoración probatoria por parte del Juzgador "a quo".

SEGUNDO

Se plantean, por tanto, en esta alzada las mismas cuestiones que las deducidas en primera instancia.

En cuanto a la...

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